29 de marzo de 2011

Mina de Bellavista intenta revivir

Proyecto de explotación de oro podría volver a operar

Empresa cerró operaciones en 2007 por daños ambientales generados en Miramar
Casi cuatro años después de que declararan el cese de operaciones, los propietarios de la concesión de la Mina Bellavista, localizada en Miramar, Puntarenas, intentan reactivar su explotación.
La actividad en el sitio fue declarada de alto riesgo en octubre de 2007, por expertos que evaluaron los deslaves en el cerro que era explotado, y en las lagunas de residuos.

No obstante, una solicitud para que se otorgue la viabilidad ambiental al nuevo proyecto fue presentada por la concesionaria Metales Procesados hace dos semanas ante la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena), la cual evalúa los documentos aportados para emitir un criterio en los próximos días.
Con base en las consideraciones de Setena, será la Dirección de Geología y Minas la que emita un criterio definitivo sobre la reapertura de la explotación minera, o bien la que mantenga suspendida la concesión otorgada hace más de 30 años.
“Esa es una concesión autorizada y está vigente, solo que tiene una suspensión por las circunstancias que se presentaron en el sitio, en 2007. Si Setena otorga la viabilidad, entonces examinaremos el sitio y valoraremos si hay que señalar alguna limitación para que se reactive el proyecto”, explicó José Francisco Castro, director general de Geología y Minas.
Durante los meses de invierno y al menos una cada mes en verano, Geología y Minas hace una visita al sitio concesionado desde lo ocurrido hace cuatro años.
Precisamente amparados en que la concesión ya había sido otorgada, los representantes de la mina intentarán obviar el decreto ejecutivo que estableció una moratoria para la minería de oro, firmado y publicado como primera acción de la actual administración.
“Este gobierno se ha declarado en contra de la minería de oro, pero no del impulso a la actividad productiva. Si una empresa prueba que puede hacer bien las cosas, y los técnicos lo corroboran, entonces hay que respetar el marco legal que rige el quehacer del país”, afirmó Andrei Bourrouet, secretario general de la Setena.
Ante las autoridades municipales del cantón de Montes de Oro, donde se ubican los terrenos que albergan la concesión minera, la noticia de que esta podría reactivarse causó revuelo.
A pesar de las bondades que podría significar en cuanto a revitalizar la actividad en la mina, el potencial daño que podría acarrear las mantiene escépticas.
“Si esta gente piensa volver a funcionar con el esquema viejo, el que enterró la explotación y hasta una laguna, mientras yo sea alcalde no lo va a lograr. No importa que en su momento hubieran generado hasta 500 empleos; ese tipo de desarrollo no nos interesa”, adujo Alvaro Jiménez, alcalde de Montes de Oro.

Ernesto Villalobos
evillalobos@larepublica.net

Fuente: La República.

CRUCITAS Y LAS LECCIONES APRENDIDAS SOBRE EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVERSIÓN

Allan Astorga Gättgens *

El histórico juicio contra el proyecto minero, ubicado en Las Crucitas ante el Tribunal Contencioso Administrativo que se resolvió el pasado mes de diciembre, a favor de la legalidad y el ambiente y en contra de Industrias Infinito S.A. dejó muchas lecciones importantes que requieren ser repasadas y aclaradas. En particular, dado el hecho que, unos sectores, inmediatamente conocida la sentencia del TCA, salieron a advertir de una supuesta “inseguridad jurídica” a los inversionistas, cuando el verdadero mensaje de esta decisión se inclina por el respeto a la institucionalidad de un país y desnuda los intentos de unos por burlarla.

Lecciones aprendidas: El caso Crucitas, si se revisa con detalle, es similar a un curso intensivo de cómo no se deben tramitar los permisos ante las autoridades de un proyecto de inversión. A modo ilustrativo, ofrecemos 10 lecciones de cómo no se debe proceder:
1. No se deben promover proyectos que destruyan el bosque, cuando existe prohibición de cambio de uso del suelo en zona de bosque. En el caso de Crucitas, desde el año 1996, cuando se aprobó la Ley Forestal, ya existía esa prohibición y esto fue antes de que la minera solicitara la explotación del yacimiento de oro, bajo un bosque.

2. No se debe creer que se puede explotar el oro, si todavía no se tiene la viabilidad ambiental. Crucitas obtuvo en 2001 la concesión para la explotación minera por parte del Poder Ejecutivo, pero condicionado a que obtuviera la viabilidad ambiental. Así resulta manifiesto que el tema del cambio de uso en el bosque, el de los impactos ambientales a generar y el de las medidas a aplicar, deben convencer a la autoridad y a la sociedad para obtener la viabilidad ambiental.
3. Se debe presentar un estudio de impacto ambiental completo, que permita realizar un balance integral sobre el costo beneficio ambiental. El primer estudio de Crucitas fue rechazado por la Setena en el año 2002. No obstante, la empresa insistió y logró que se le solicitara un Anexo, que finalmente fue aprobado en diciembre de 2005. La viabilidad se dio para un diseño de proyecto diferente al que obtuvo concesión en el año 2001 (a mediados de diciembre) y se le dio un plazo de 2 años para iniciar la extracción. Además, el Estudio presentado no cumplía el requisito legal de contar con el refrendo previo del Colegio de Químicos e Ingenieros Químicos.
4. No se debe tramitar la viabilidad ambiental del proyecto mientras esté vigente la moratoria a la actividad minera. Pese a que estaba vigente la moratoria a la minería a cielo abierto promulgada en 2002, la empresa minera insistió con el trámite de evaluación de impacto ambiental. Así, una vez obtenida la viabilidad en diciembre de 2005, no se inició el proceso de extracción, pese al plazo otorgado de 2 años, debido a que no se tramitó ante la Dirección de Geología y Minas la respectiva concesión, la cual, de acuerdo con la Sala Constitucional debería corresponder con el diseño de proyecto que se presentó en el Estudio de Impacto Ambiental.
5. No se debe hacer un cambio significativo en el diseño del proyecto, sin realizar una nueva Evaluación de Impacto Ambiental. La empresa Infinito Gold, en diciembre de 2007 (otro diciembre...), se presenta nuevamente a la Setena con un documento en el que señala que está haciendo un cambio de diseño (se aumenta la explotación de 6 a 9 años y prácticamente se duplica el tonelaje a explotar), en el que se indican solo los efectos positivos de ese cambio, no así los impactos negativos. La Setena en un periodo muy corto (2 meses), sin solicitar un nuevo Estudio de Impacto Ambiental, en incumplimiento de la Ley del Ambiente y del Código de Minería, le otorga viabilidad ambiental a ese cambio de diseño. Se inhibió así a la sociedad costarricense de poder participar en la decisión.
6. No se pueden plantear dos diseños diferentes a sendas autoridades para un mismo proyecto. La Dirección de Geología y Minas tramitó la concesión minera para un diseño de proyecto diferente al que la Setena le otorgó la viabilidad ambiental, que implicaba una explotación para 10 km2 y además, la afectación del acuífero regional inferior en caso de la Setena, mientras que en caso de la DGM no se autorizaba que se afectara dicho acuífero.
7. No se puede otorgar una concesión de explotación minera estando vigente todavía la moratoria a la minería. El Poder Ejecutivo de la Administración Arias, en su apuro por otorgar la concesión de explotación de oro a Crucitas, otorgó esta en 2008, de forma ilegal, un mes antes de que se levantara la moratoria minera promulgada en el año 2002. A este respecto es de señalar que la Setena afirmó delante de los jueces del TCA no saber de la vigencia de dicha moratoria, algo totalmente inaudito para una entidad de ese rango.
 8. No se puede otorgar una declaratoria de conveniencia nacional y de interés público si no se cuenta con un estudio de costo beneficio ambiental integral. La Administración Arias otorgó dicha declaratoria en octubre de 2008, para un proyecto privado, sin que se realizara un estudio integral de costo beneficio, ni siquiera con un análisis de los costos ambientales de los efectos del desarrollo del proyecto como debió haberse hecho con la realización de un Estudio de Impacto Ambiental completo para el cambio de diseño.
9. No se debe plantear el desarrollo de un megaproyecto minero a cielo abierto sin un análisis de riesgo integral. Con el cambio de diseño del proyecto, el riesgo inicial se incrementó, no solo en la represa de relaves que en caso de ruptura impactaría el río San Juan, sino por el uso de explosivos y mayor uso de cianuro y de sustancias peligrosas; así como el daño irreversible del acuífero local superior y de impactar de forma directa el acuífero regional inferior que se comparte con Nicaragua, sin contar con una valoración sobre sus efectos regionales de tipo transfronterizo.
10. No se debe plantear la explotación a cielo abierto durante 9 años, dejando la fase de recuperación y control ambiental del cierre por un periodo de 18 meses. Crucitas planteó, en la evaluación ambiental que la fase de cierre tardaría 18 meses, luego de eso, la represa y la laguna de relaves, el lago artificial y otras obras del proyecto quedarían al “garete”, sin que ninguna entidad se hiciera responsable de eventuales daños ambientales. Para colmo de males, la Setena estableció una garantía ambiental de $600 mil, un monto insignificante comparado con el eventual costo de los impactos irreversibles y daños que podría generar el proyecto minero.
A las faltas antes señaladas se suman muchas otras. No obstante, las indicadas demuestran claramente que el proyecto minero planteado tuvo serias e importantes fallas que deben servir de lecciones sobre lo que no se debería permitirle a un proyecto de inversión en Costa Rica.


* Geólogo y profesor de la Universidad de Costa Rica

Fuente: Diario Extra.

24 de marzo de 2011

ENCUENTRO ANTI - MINERO

Miramar al Grano hace un llamado a la solidaridad: “Ante la amenaza de un nuevo proyecto desastroso en Miramar, llamamos a los grupos del movimiento social y anti-minero que nos apoyen en la resistencia a esta agresión”.

Encuentro Anti-Minero
MIRAMAR: Llamado de solidaridad 
Fecha y hora:Sábado 26 de marzo - 9 am 
Lugar: Centro de Amigos para la Paz Calle 15, Avenidas 6 y 8, San José (detrás del último edificio de la Corte y los Tribunales, a la par de la Casa Ridgeway).

Necesitamos sus ideas y apoyo.
Invitación abierta a todos y todas.

23 de marzo de 2011

Concesiones para minería a “cielo abierto” siguen vigentes

Martes, 22 de Marzo de 2011 17:44

Nueve expedientes de concesiones de minería a “cielo abierto” en el país siguen con vida en la Dirección de Geología y Minas, los cuales podrían volver a solicitar permisos de explotación y exploración para continuar con sus trabajos.

La posibilidad de que alguna de las empresas concesionarias reinicie dichas labores, se debe a que el decreto de moratoria firmado por la presidenta Laura Chinchilla el 8 de mayo del 2010 y las reformas al Código de Minería no aplican para estos proyectos, ya que los permisos se otorgaron años atrás, y las leyes en el país no son retroactivas.

Dentro de estos expedientes, se encuentra el 2594 de Industrias Infinito, compañía que pretende explotar la mina en Crucitas, San Carlos, y que interpuso un recurso de casación debido al  pronunciamiento del Tribunal Contencioso Administrativo que ordenaba anular la concesión. De acuerdo con la Dirección de Geología y Minas, este expediente se encuentra “en conflicto judicial”. 

Igualmente, dentro de las concesiones de oro está la de Ríos Minerales, que a finales del año pasado presentó un plan conceptual a la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) para volver a extraer oro en la Mina Bellavista (ver en edición del 23 de febrero  “Empresa canadiense pretende reactivar la fallida mina Bellavista” - http://163.178.170.36/index.php/noticias/pais/3404-2011-02-23-12-20-34.html-)

VIEJA MINERÍA ¿LA NUEVA MINERÍA?

Francisco Castro, director general de Geología y Minas, explicó que esas concesiones antes del decreto del 8 de mayo y la reforma a la ley 8904 en febrero, estaban ya otorgadas, pero que eso no significa que no se puedan cancelar, puesto que puede incumplir algunas obligaciones.

“La misma ley lo dice: quedan a salvo los proyectos con concesiones adquiridas y con anterioridad a su entrada en vigencia. Antojadizamente no podemos decir que los vamos a archivar, porque tienen derechos adquiridos”.

Recordó que ya se ha archivado gran cantidad de expedientes, como el de la mina Beta Vargas (una de las mencionadas en la lucha contra Crucitas, ya que también era de cielo abierto).

Sobre el caso de la polémica mina en el cantón sancarleño, comentó que es una concesión que legalmente está otorgada y vigente. Agregó que en general, aunque no se esté trabajando en el terreno concesionado, el permiso perdura.

Señaló que las mismas leyes facultan a las personas concesionarias en casos muy calificados, a solicitar la suspensión de labores.

No obstante, aclaró que la SETENA es la que otorga la viabilidad ambiental, y una vez que se hace, se formaliza la solicitud de explotación.

“En la actividad minera se tiene que ir evaluando el área, se tiene que ir muestreando eso todo el tiempo por los costos de operación. Exploro mi yacimiento; en una concesión minera la exploración es algo de todos los días, y teniendo la concesión sí se puede hacer”, indicó.

Acotó que ante esa Dirección son concesiones otorgadas, pero suspendidas por razones de índole técnica. En caso de pretender reiniciar los trabajos de explotación como en Bellavista, deben efectuar procesos de permisos en diferentes instancias además de la SETENA, como los ministerios de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, y el de Agricultura y Ganadería, así como la municipalidad, si hay cauces en vía pública. “Esas mismas instituciones le pueden poner una serie de limitantes al proyecto”, agregó.

Por su parte, el abogado Álvaro Sagot, del grupo Llamado Urgente por el País, aseguró que sí puede haber explotación de metales, porque el decreto de moratoria se refiere a proyectos futuros, y los anteriores se siguen respetando.

Ante la consulta de cuál sería una forma de detener a estas empresas en caso de que deseen continuar con la extracción de oro y que se les den los permisos respectivos, aseveró que sería presentando recursos contenciosos administrativos para que se anulen.

“Nuestra misma Constitución dice que las leyes no tendrán efecto retroactivo; es un principio del derecho. Se tendría que interponer un recurso contencioso por cada concesión. Se puede buscar la nulidad si se alegan daños ambientales o contaminación, y se podrían decretar medidas cautelares de protección, tal y como sucede con Crucitas”, afirmó.

Enfatizó que durante el debate legislativo para cambiar el Código de Minería no hubo ningún error, debido a que las concesiones ya dadas no se podían eliminar.

PELIGROS

La ingeniera forestal Sonia Torres, del Comité Ambiental de Miramar, comentó que decir que Crucitas sería la última mina, es una utopía.

Hizo ver que si al actual gobierno le interesara cerrar los espacios para la minería metálica a cielo abierto, harían un diagnóstico sobre las concesiones y permisos de exploración vigentes y aplicarían los procedimientos adecuados para la cancelación de los que tuvieran  procedimientos irregulares o incumplimiento de compromisos.

Aseguró que las reformas hechas meses atrás, se impulsaron sin tener un diagnóstico sobre la situación de la minería en el país, lo cual habría cerrado algunas posibilidades definitivamente.
“La reforma se concentró en el supuesto beneficio para los mineros artesanales y en la protección de Crucitas si se lograba la cancelación de la concesión, como en efecto ocurrió. La minería artesanal está rodeada de peligros, fraudes, abusos, explotación y deterioro ambiental, y las reformas no se refieren a estos puntos”.

A su parecer, para el país es peligroso seguir apostando por la minería y en el ámbito internacional seguirá perdiendo credibilidad ambiental y poniendo en evidencia los dobles discursos que ha venido sosteniendo de “paz con la naturaleza”.

Otro peligro que ve es el enfrentamiento del Estado con empresas de origen canadiense, debido al tratado de libre comercio firmado con la nación norteamericana, y que podría resultar en el pago de indemnizaciones millonarias.

Igualmente, la ambientalista Astrid Sánchez expuso que algunas de las últimas acciones gubernamentales relacionadas con la actividad minera en el país -como la declaratoria de moratoria-, trataron de enmendar una serie de irregularidades, como el decreto de conveniencia nacional firmado por el exmandatario Óscar Arias.

“Tomando en cuenta que los diputados tienen la obligación de crear o reformar leyes según las necesidades actuales y que no pueden tener un carácter retroactivo, la reciente reforma al Código de Minería es un logro para el país, que cierra las puertas a concesiones mineras que están en trámite, así como a proyectos que se encuentren gestionando sus permisos de exploración en la actualidad”.

La bióloga marina detalló que si bien puede ser que Crucitas no sea la última mina, la articulación de fuerzas acumuladas en ese proceso y las modificaciones a la legislación dejan a esos grupos un escalón arriba en la lucha.


Expedientes mineros*

Estos son los nueve expedientes de concesiones de oro que se encuentran vigentes, y que podrían realizar un proceso para retomar labores de explotación y extracción de este metal:
Mina Bellavista
Expediente: 21A.
Ubicación: Miramar, Puntarenas.
Empresa concesionaria: Ríos Minerales S.A.


Mina Crucitas
Expediente: 2594 (en conflicto judicial).
Ubicación: San Carlos, Alajuela.
Empresa concesionaria: Industrias Infinito S.A.


Mina La Unión
Expediente: 371.
Ubicación: La Unión, Puntarenas.
Empresa concesionaria: Minera Mimosa S.A.


Mina Auro Marga
Expediente: 2671
Ubicación: La Unión-Las Micas, Alajuela
Empresa concesionaria: Auro Marga S.A.


Mina Chassoul
Expediente: 2141.
Ubicación: San Ramón, Alajuela.
Empresa concesionaria: Los Maizoles S.A.


Mina Moncada
Expediente: 770.
Ubicación: San Ramón, Alajuela.
Empresa concesionaria: Minas Moncada S.A.


Mina Tres Hermanos
Expediente: 96.
Ubicación: Abangares, Guanacaste.
Empresa concesionaria: Compañía Minera de Guanacaste S.A.


Mina El Recio
Expediente: 878.
Ubicación: Abangares, Guanacaste.
Empresa concesionaria: El Recio S.A.


Mina de la Asociación Nacional de Mineros
Expediente: 2094.
Ubicación: Abangares, Guanacaste.
Empresa concesionaria: Asociación Nacional de Mineros S.A.
*Fuente: Dirección de Geología y Minas.

Derrame en Cº Vanguardia: Fallas en ducto de desechos cianurados

Argentina - Santa Cruz
Miércoles 23 de Marzo de 2011 12:21
SC_CVan_diquecolas_satOficialmente se conoció que en la minera Cerro Vanguardia se produjo un incidente ambiental, a partir del derrame de compuestos cianurados que eran trasladados en un ducto hacia el dique de cola. De acuerdo a información de la propia empresa, el incidente fue resuelto y las consecuencias ambientales remediadas. OPI el año pasado reportó que un incidente similar se produjo en el 2003. El Secretario de Minería había afirmado que en 13 años CV nunca reportó una falla en la seguridad que produjera un derrame.

Fuente: Agencia OPI Santa Cruz
22/03/2011. A mediados de la semana pasada esta Agencia tuvo conocimiento de que en las instalaciones del yacimiento Cerro Vanguardia, se había producido la rotura de un ducto que lleva compuestos cianurados (o pulpa cianurada) al dique de cola, un repositorio a cielo abierto que poseen todos los yacmientos, los cuales han planteado distintas controversias en los yacimientos mineros de Santa Cruz en cuanto al impacto que tienen en el medioambiente, a partir de que no en todos los complejos (por caso San José-Huevos Verdes, donde se denunciaron filtraciones y roturas de la malla geotérmica) estos repositorios están debidamente acondicionados para minimizar el impacto ambiental negativo que producen.
En el caso de Cerro Vanguardia, se pudo corroborar oficialmente a través de su portal, lo que, dado la hermeticidad de las comunicaciones en estos aspectos, solo se tenía a modo de comentario y sin precisiones técnicas que constituyeran información confiable.
Siempre de acuerdo a la empresa, el 14 de marzo (lunes de la semana pasada) se produjo un incidente ambiental que, reslata la minera, "a la fecha ha sido totalmente remediado sin que se registren consecuencias para las personas, flora y fauna o el medio ambiente".
El hecho consistió en una falla en el sistema que bombea pulpa con solución cianurada al dique de colas, debido a que un pico de presión en el ducto, produjo que una de las uniones en la línea sufriera una separación y el producto, altamente contaminante, se desparramara en la zona aledaña a la cañería.
Siempre de acuerdo a información oficial, la diferencia de presión en el conducto encendió la alarma, se interrumpió el bombeo e inmediatamente el personal especializado acudió al lugar del vertido de material en el suelo, dándose intervención al personal de Medio Ambiente, tal como lo indica el protocolo en estos casos.
"Las tareas realizadas por el personal de Medio Ambiente de Cerro Vanguardia consistieron en la descarga del material vertido en la alcantarilla paralela al camino que va de la planta al dique de colas, para luego proceder a la recolección del mismo mediante una retroexcavadora y un camión cisterna, trasladándose mediante varios viajes de este último, la pulpa cianurada al interior del dique. Una vez recogido el material, el personal procedió a remover la capa de suelo afectada y el posterior relleno y compactación", expresa el parte de la minera.
Explica, además que posteriormente se tomaron muestras de agua y suelos de la zona afectada por el derrame y se estableció una rutina de monitoreo en fauna y flora, corroborando que "no se han registrado cambios ni incidentes de ningún tipo".
Cierra el informe señalando que la Secretaría de Minería de Santa Cruz envió al lugar, dos policías mineros para controlar la aplicación de medidas de emergencia aplicadas por la compañía.
Datos omitidos
Asimismo cabe destacar que la información suministrada por Cerro Vanguardia no especifica datos concretos de cuánto material cianurado (en metros cúbicos) se derramó en el incidente, por cuánto tiempo estuvo produciéndose el escape ni los metros cuadrados de suelo que afectó el derrame; simplemente y a juzgar por la información imprecisa, que en este aspecto aporta la empresa, "fueron varios camiones" lo que acarrearon el material contaminante al dique de colas, lo que hace presumir que el derrame fue de importante magnitud y su afectación a la superficie no resulta menor.
El informe oficial tampoco hace referencia a la situación por la que la cañería colapsó, si se debió a una fatiga de material, a razones de sobrepresión y en este último caso si hubo negligencia del operador o un problema electromecánico.
Sin embargo, fuentes de esta Agencia indicaron que el incidente se produjo el día domingo (no el lunes como informó CV) y que el caño donde se produjo la rotura data del año 1999, situación que habría constribuido a que se produjera la rotura, debido a la corrosión interna del ducto, dado la antigüedad que posee esa vía de desagote de material cianurado.
Antecedente
El 01 de junio de 2010 OPI publicó una nota sobre un hecho similar, producido en Cerro Vanguardia el 02 de febrero de 2003 donde, según consta en el informe "... el incidente fue detectado recién siete horas y media después, el día 3 a las 06:30hs, volcándose un total de 612 m3 de este compuesto altamente contaminante en el terreno. El derrame comprendió el camino de ingreso al dique de colas, descargando por la vertiente natural por donde circula el rebalse del tanque de agua de riego 319-tk-102, del yacimiento".
La nota publicada el año pasado expresa: "El incidente se produjo al colocar en marcha la planta del Yacimiento C.V que había sido parada el 27 de enero de ese año (2003), dado que la empresa decidió el cambio de "liners" y "lifters" del molino, el cambio de recubrimiento interno de las torres de "stripping de Cyanisorb" (Planta de recuperación de cianuro), reparación de sistema hidráulico del espesador 2 y cambio de sistema de alimentación a alta capacidad en el espesador de molienda, resume el informe técnico.
El motivo por el cual se produjo el derrame, fue simple: faltaba la conexión de la nueva cañería de descarga al dique de colas, un error técnicamente imperdonable, teniendo en cuenta los cuidados que se deben tener en cumplimiento del protocolo establecido para evitar este tipo de incidentes. "Para que se entienda bien, es como poner a funcionar un lavarropas nuevo y olvidarse de conectar el caño de descarga del agua a la cloaca", nos dijo un técnico de C.V.
La nota del año pasado tuvo su fundamento a partir de los dichos del Secretario de Minería de la provincia que en tren de rechazar la "mala prensa" que tiene la minería y refiriéndose específicamente a los cuidados en la seguridad de cerro Vanguardia había manifestado que en 13 años nunca se había reportado una denuncia por incidentes de este tipo en la minera estrella de la provincia.
Cerro Vanguardia en el 2003 también tuvo un derrame de colas
La empresa minera Cerro Vanguardia considerada "la más segura" del país, ha tenido varios incidentes y entre ellos algunos graves. La política minera tiene como principio la no difusión de las noticias negativas: los derrames cianurados es una de ellas. En el 2003 612 m3 de compuestos cianurados fueron derramados en el yacimiento. Es extraño que el Secretario de Estado de Minería haya dicho recientemente que en 13 años no se ha recibido ni una denuncia. La de este incidente entró en la entonces Dirección Provincial el, 6 de febrero de 2003.
De acuerdo a documentación a la que hemos tenido acceso, el 02 de febrero de 2003 a las 23:00 hs se produjo un derrame de "pulpa" (elemento cianurado con alto contenido de sólidos) en el camino de ingreso al dique de colas en el yacimiento de oro de Santa Cruz, Cerro Vanguardia, lo cual fue detectado recién siete horas y media después, el día 3 a las 06:30hs, volcándose un total de 612 m3 de este compuesto altamente contaminante en el terreno. El derrame comprendió el camino de ingreso al dique de colas, descargando por la vertiente natural por donde circula el rebalse del tanque de agua de riego 319-tk-102, del yacimiento.
El incidente se produjo al colocar en marcha la planta del Yacimiento C.V que había sido parada el 27 de enero de ese año, dado que la empresa decidió el cambio de "liners" y "lifters" del molino, el cambio de recubrimiento interno de las torres de "stripping de Cyanisorb" (Planta de recuperación de cianuro), reparación de sistema hidráulico del espesador 2 y cambio de sistema de alimentación a alta capacidad en el espesador de molienda, resume el informe técnico.
El motivo por el cual se produjo el derrame, fue simple: faltaba la conexión de la nueva cañería de descarga al dique de colas, un error técnicamente imperdonable, teniendo en cuenta los cuidados que se deben tener en cumplimiento del protocolo establecido para evitar este tipo de incidentes. "Para que se entienda bien, es como poner a funcionar un lavarropas nuevo y olvidarse de conectar el caño de descarga del agua a la cloaca", nos dijo un técnico de C.V.
Las fuentes indicaron a OPI que inmediatamente de detectado el derrame (7,5 hs después del hecho) la empresa procedió a realizar las conexiones necesarias y luego a tomar muestras a lo largo de la canalización, donde los valores constatados de concentración de cianuro en el líquido derramado estuvo por encima de los 20.2 ppm, aunque se insiste en que la empresa C.V elaboró informes con ese valor como techo.
El Secretario de Estado de Minería de la provincia Oscar Vera dijo recientemente que las empresas son muy responsables en el tema medioambiental y no dudó en cargar contra quienes denuncian anormalidades e irregularidades dentro de los yacimientos y acusan al Estado de falta de control (como es obvio). También dijo "en trece años nunca recibimos una denuncia". Lamentamos decirle al funcionario que ésta particularmente, se le debe haber escapado, porque ingresó a la entonces Dirección Provincial de Minería, el 6 de febrero de 2003, es decir, 4 días después de producido el incidente, cuando ya la situación había sido estabilizada por la empresa.
También en Cerro Vanguardia se registraron en el mismo año valores por encima de 150 ppm cianuro WAD en la descarga de los diques de cola y también en el 2003, en el segundo bimestre, se registró el derrame de solución de proceso a través de una grieta en la pileta de contención de hormigón que tiene el yacimiento. Por supuesto, de esto, el nuevo funcionario tampoco debe estar enterado.

Fuente: Noalamina.org.

22 de marzo de 2011

Galeano dedicó a los militantes del agua su Doctorado Honoris Causa

Argentina - Mendoza
Martes 22 de Marzo de 2011 21:16
Hace unas horas, Eduardo Galeano recibió el Doctorado Honoris Causa de la Universidad Nacional de Cuyo. Siendo 22 de marzo de 2011, Día Mundial del Agua, lo dedicó a los Militantes del Agua, "que en Mendoza y muchas otras comarcas del mundo" luchan contra las mineras, forestales y todos los que la contaminan, traicionan la naturaleza y quieren convertir al agua en una mercancía. "El agua es y quiere seguir siendo un derecho de todos".


Por Asamblea Popular por el Agua y diario Los Andes
22/03/2011.
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La tradicional exposición magistral de los nuevos Doctorados la comenzó Galeano -en coincidencia con el Día Internacional del Agua, que se celebra el 22 de marzo- con un "homenaje a los militantes del agua aquí y en otros sitios, contra los enemigos del agua, empresas mineras que la contaminan, industria forestal que la seca y todos los que pecan y traicionan a la Naturaleza, convirtiendo al agua en un negocio y no un derecho de todos". (Al término del acto, representantes de un importante grupo de la Asamblea del Agua le entregaron una camiseta de su campaña "No a la minería contaminante".)
Leer la crónica del acto
"Nos han recibido como si fuéramos amigos de siempre". Con estas palabras iniciales Eduardo Galeano recibió el doctorado Honoris Causa y el pueblo mendocino le rindió de pie una merecida ovación.
Con aplausos sostenidos, el uruguayo fue galardonado con la máxima distinción que otorga la Universidad Nacional de Cuyo. Los encargados de hacer entrega del diploma y la plaqueta representativa fueron el ingeniero agrónomo Arturo Somoza y el doctor Gustavo Kent, rector y vicerrector respectivamente de la casa de altos estudios. También acompañó Juan Carlos Aguiló, decano de la facultad de Ciencias Políticas y Sociales, entidad que dio origen a esta iniciativa.
El evento se llevó a cabo en el Salón de Grado de la Universidad donde una verdadera multitud de fanáticos de Galeano se convocaron para dar un sentido homenaje a Galeano.
Además del tradicional diploma de honor, Galeano recibió una placa recordatoria de manos del decano Aguiló y una escultura "Imágenes primigenias", obra de la artista Vivian Magis, de manos del Vicerrector.
La tradicional exposición magistral de los nuevos Doctorados la comenzó Galeano -en coincidencia con el Día Internacional del Agua, que se celebra hoy- con un "homenaje a los militantes del agua aquí y en otros sitios, contra los enemigos del agua, empresas mineras que la contaminan, industria forestal que la seca y todos los que pecan y traicionan a la Naturaleza, convirtiendo al agua en un negocio y no un derecho de todos".
En el acto también estuvieron integrantes del la Asamblea del Agua, quienes le entregaron una camiseta de su campaña "No a la minería contaminante".
La exposición del escritor giró en torno a los Bicentenarios que en estos años celebran distintos países de América Latina. "La independencia -sentenció- sigue siendo una tarea inconclusa y es necesario hacer memoria para completarla", afirmó.
La memoria del futuro
Para la entrega del título honorífico, Galeano preparó un discurso denominado "La independencia memoria del futuro". Con él, recordó que tras dos siglos de independencia, esta aún continúa siendo un desafío porque todavía es una tarea inconclusa y es necesario hacer memoria para completarla.
En su relato sobre la memoria, el escritor recordó a algunas personas y países que nos conducirán a la plena independencia. Por ello destacó que el primer país que en verdad fue libre fue Haití contrario a lo que muchos podrían llegar a pensar. "Por ello, Haití fue condenado a la soledad y al desprecio. Esas hazañas negras fueron imperdonables para los blancos dueños del mundo", explicó con la dureza que lo característica a la hora de denunciar las penurias de América Latina.
También hizo referencia a Paraguay: "Fue otro de los castigados por cometer el crimen de la dignidad. Ese país no obediente y sin deuda fue destruido en nombre de la libertad de comercio".
Posteriormente, trajo a escena a personajes conocidos por los argentinos y a otros no tan conocidos. A Mariano Moreno y Juan José Castelli los señaló irónicamente de "perversos", ya que iban en contra de los intereses coloniales por ser portadores de otras ideas. También recordó, fiel a su estilo, a Simón "El Loco" Rodríguez, quien llevó a la práctica ideas revolucionarias para el siglo XIX. "Fue el más audaz y querible de los pensadores latinoamericanos", indicó Galeano.
Por último finalizó su discurso diciendo que "es reveladora la porfiada memoria de los perdedores" e invocó a uno de los que para él, irónicamente, es un perdedor: José Gervasio Artigas, el prócer de su país.

Cada vez somos más los que decimos:
¡NO A LA MEGAMINERÍA QUE MATA, SQUEA Y CONTAMINA!
¡NO A SAN JORGE!
¡EL AGUA DE MENDOZA, NO SE NEGOCIA!
--
Asamblea Popular por el Agua
CONTRA EL SAQUEO Y LA CONTAMINACIÓN
miembro de:
ASAMBLEAS MENDOCINAS POR EL AGUA PURA - AMPAP -
UNIÓN DE ASAMBLEAS CIUDADANAS - UAC -

Fuente: Noalamina.org.

21 de marzo de 2011

Unánime derogación de ley minera que causó fuertes protestas

Latinoamérica - Panamá
Lunes 21 de Marzo de 2011 17:55
El Congreso panameño aprobó este viernes por unanimidad en tercer debate un proyecto de Ley que derogó la normativa de febrero pasado que reformaba el Código de Recursos Minerales y que causó multitudinarias protestas de movimientos sociales e indígenas que rechazaban la norma por considerarla dañina a sus territorios.

Fuente: Telesur
19/03/2011.Miembros de la Coordinadora por la Defensa de los Recursos Naturales y el Derecho del Pueblo Campesinos reaccionaron con alegría a la demorada decisión pues habían dado un plazo para su aprobación que se cumplía este viernes.
La institución convocó a la comunidad indígena a una reunión el próximo domingo para informarles oficialmente los alcances de la derogación de la polémica Ley.
Además se espera que el próximo lunes se inicie la denominada mesa de diálogo en esa misma provincia para discutir lo que los indígenas plantean como un nuevo proyecto de ley Minera.
Según expertos, la derogación no devuelve a la vida jurídica normas eliminadas sobre regalías, y aparentemente las empresas no están obligadas a pagar ni el 2,0 por ciento de antes ni el 5,0 que exigía la Ley modificada.
El pasado 2 de febrero, las comunidades indígenas y representantes del Gobierno panameño habían iniciado negociaciones en torno a la Ley minera.
Días antes, el Gobierno se había comprometido con los indígenas a crear una Ley para prohibir la exploración y explotación minera en sus territorios, así como a liberar los detenidos en las protestas a cambio de la apertura de carreteras, que eran bloqueadas por miles de manifestantes.
Las manifestaciones contra la normativa comenzaron el pasado 23 de febrero, y dejaron un veintena de detenidos.
Los indígenas panameños pese a la represión continuaron la lucha por la derogación de la ley.
La Ley 8, decretada el 11 de febrero por el Gobierno y avalada por el Congreso, permitía la explotación a cielo abierto de los yacimientos minerales, en especial el cobre.
Además, ese instrumento jurídico facilitaba la intervención de empresas extranjeras con el peligro de una pérdida de soberanía en el sector.
El Gobierno panameño trató de apaciguar sin éxito el descontento indígena con un decreto que prohíbe la extracción minera en territorios nativos.
Panamá cuenta con reservas de oro y cobre que, según las autoridades, podrían convertirse en la segunda fuente de ingresos después del canal interoceánico que atraviesa el país centroamericano.

Fuente: Noalamina.org.

10 de marzo de 2011

Comunidades sufren falta de agua por minería

Latinoamérica - Costa Rica
JUEVES 10 DE MARZO DE 2011 09:42

La falta de agua en numerosas comunidades de Costa Rica se vuelve más dramática ante el anuncio hecho por el Ministerio de Salud de un rebrote de la gripe AH1N1, la gente ha reaccionado denunciando los lugares donde la falta de agua es cosa de todos los días. "El área sucumbió por la minería de oro a cielo abierto y ahora, en vez de producir agua, está deforestada, recubierta de chatarra, llena de tanques arrugados y escombros de rocas, flanqueada por lagunas mineras, escombreras, plásticos y por debajo, llena de geomembranas rotas cubiertas de rocas trituradas lixiviadas con cianuro".

Fuente: Informa-tico

08/03/2011. Los quejosos señalan que han transcurrido varios meses desde la llegada de la influenza AH1N1 al país y todavía quedan sitios donde el agua escasea o no es potable para el consumo humano.

Esto pasa en Miramar de Puntarenas, donde la llegada de las lluvias no representa ningún alivio para sus habitantes, quienes siguen sufriendo la penuria del agua contaminada, esta vez, por deslizamientos que colapsaron la fuente Molina, y contaminaron el acueducto con barro y el racionamiento de agua, que se mantiene desde el pasado sábado en horas de la noche.

En ese sentido, el problema se ha agravado tanto que el liceo y algunas escuelas de la comunidad se vieron obligados a interrumpir el curso lectivo, señala un comunicado del Comité Ambiental de Miramar.

El Comité Ambiental solicitó a la Comisión Local y a la Comisión Nacional de Emergencias que realicen un estudio geotécnico integral que permita determinar con exactitud la vulnerabilidad de las tuberías y captaciones del acueducto municipal y pidió la intervención de las autoridades de Salud para salvaguardar el bienestar y la calidad de la vida de las personas usuarias del acueducto municipal.

Más de diez años de lucha

Hace más de diez años que los vecinos de Miramar sufren los mismos problemas de desabastecimiento y contaminación del acueducto.

"El problema actual se remonta al año 1994, cuando el Concejo Municipal de Montes de Oro aprobó un proyecto de acueducto, sencillo, eficaz y barato, que consistía en captar la naciente Cob para inyectarla al sistema de acueducto municipal", comentaron los representantes del Comité en un comunicado.

El conflicto comenzó cuando empleados de una empresa minera, entre ellos el geólogo Miguel Alán, fueron elegidos para encargarse de la tubería que sale de la fuente Cob para que la compañía ocupara áreas públicas, además de que se hizo la recomendación de incorporar la naciente Molina al sistema municipal para justificar la desconexión posterior de las fuentes Montezuma 1 y 2, como en efecto se hizo cuando empezó a operar la mina de oro a cielo abierto en Bellavista.

"Durante ese tiempo, la empresa minera se congració con la municipalidad realizando estudios gratuitos, regalándole un carro viejo, donándole tubos y hasta 200 mil colones en efectivo, que acabaron de convencer al ejecutivo municipal, Sammy Cortés, al ingeniero del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), Arturo Herrera, y hasta los regidores municipales de ese entonces", manifestó el Comité, añadiendo que esto tuvo como resultado la aprobación de un préstamo de 85 millones de colones con el IFAM debido a las "ventajas" de captar la fuente Molina, "naciente a la que los mineros pintaban con una imagen de abundancia de 19 litros por segundo cuando los aforos del Servicio Nacional de Electricidad (SNE) y de la comunidad apenas daban 9 litros por segundo".

Según el Comité Ambiental, en las zonas aledañas a la fuente Molina la administración municipal actual no ha sido capaz de detener la explotación ilegal de laja ni de ejercer control sobre la construcción de caminos en fincas privadas.

"Tampoco da cuenta de por lo menos dos perforaciones recientes de 2 ¼ pulgadas realizadas en terrenos que, según los lugareños, pertenecen al geólogo Alán, cuyo fin se desconoce pero que, sin duda, producen alteraciones que contribuyen con el deterioro del acuífero captado en la naciente Molina", añadieron los ambientalistas.

Para miembros del Comité Ambiental, las captaciones de las fuentes Molina y Cob no se realizaron con el diseño adecuado tratándose de zonas quebradas, con rocas fuertemente meteorizadas, con alta precipitación y suelos geológicamente inestables, lo que provoca deslizamientos como los causantes de la crisis actual en el manantial Molina.

"Por su parte, el gobierno municipal sigue fallando al no abocarse con Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET) y el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento (SENARA) a delimitar y demarcar las áreas de recarga acuífera de todos los manantiales conectados al acueducto municipal, poniendo en riesgo la salud humana por el peligro de contaminación con desechos humanos, animales y químicos", declaró el Comité.

"Mientras Miramar clama por agua, el alcalde Álvaro Jiménez, defensor de la minería, solo atina a decir que buscará agua en la cuenca vecina del río Naranjo, también en la mira de Acueducto y A alcantarillados (AyA)", concluyeron los defensores del agua, quienes tienen pocas esperanzas de que sea factible captar agua limpia en la Cuenca Superior del Río Ciruelas pese a los esfuerzos de vecinos y vecinas que, a través de mociones presentadas por el ex regidor Claudio González (1996) y la ex regidora Marta Blanco (1998), pretendían declarar esa cuenca como Reservorio de Agua para el consumo humano.

"El área sucumbió por la minería de oro a cielo abierto y ahora, en vez de producir agua, está deforestada, recubierta de chatarra, llena de tanques arrugados y escombros de rocas, flanqueada por lagunas mineras, escombreras, plásticos y por debajo, llena de geomembranas rotas cubiertas de rocas trituradas lixiviadas con cianuro" se lamentó el Comité.

Higuito en crisis

Por otra parte, la Defensoría de los Habitantes solicitó al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) un informe que pueda confirmar si el agua abastecida por la Asociación Administradora del Acueducto de Higuito de Desamparados (ASADA) es apta para consumo humano.

La Defensoría investiga denuncias de habitantes de la zona quienes alegan que, constantemente, sufren problemas con el suministro de agua que brinda dicha ASADA ya que el líquido, en algunas ocasiones, acarrea barro; situación que se agrava, al parecer, en la época lluviosa.

Como parte del estudio que realiza la Defensoría se constató, a través de análisis realizados por el Laboratorio Nacional de Aguas, que el líquido suministrado por la Asociación no está contaminado; sin embargo, no se establece claramente si cumplen o no con los estándares de calidad como para ser consumido diariamente por las y los habitantes.

Cabe destacar que no es la primera vez que la Defensoría recibe quejas de vecinos de Higuito que manifiestan molestia por la calidad del agua potable que llega a sus casas.

Pese a ello, en esta ocasión la Defensoría solicitó al AyA brindar copia de los resultados de los análisis físico, químico y bacteriológico, con el fin de garantizar la calidad del servicio de abastecimiento y el agua potable de la comunidad; aú así, el Instituto aún no ha remitido la respuesta pese a que la Defensoría lo ha prevenido sobre la necesidad de conocer dicha información.

"Los habitantes tienen derecho a conocer si el agua que están consumiendo es apta para consumo y por tal motivo se requiere de tal confirmación", declaró la Defensoría, luego de que envió este mes una prevención para que las autoridades de esa entidad respondan a la mayor brevedad y aclarar el asunto.

Fuente: Noalamina.org.

La experiencia minera en Costa Rica existe y ha sido nefasta

Latinoamérica - Costa Rica
JUEVES 10 DE MARZO DE 2011 09:20

En Costa Rica la minería se ha concentrado en el llamado cinturón del oro, en el que sobresale Abangares donde los ríos son plateados por el mercurio o lucen macilentos y tan ácidos como el limón y las ruinas convertidas en museo no terminan de servir al turismo. En Miramar, las bellas vistas hacia el Golfo de Nicoya hoy tienen paisajes desérticos que interrumpen los corredores biológicos por causa de la cuarta mina de oro a cielo abierto.

Por Sonia Torres, Comité Ambiental Miramar

06/03/2011. En Esparza el desierto de Macacona producto de la primera mina de oro a cielo abierto desangra diariamente el acuífero local y es testimonio de la pérdida de pozos de agua potable que siguen manando pesados metales concentrados desde el tajo cercano.

En Chomes, un hermoso cerro desapareció, y sobre una calle pública yacen actualmente los restos de las construcciones, como legado de la tercera mina de oro a cielo abierto..., y a pocos pasos, los techos que albergan las esperanzas de los hombres y mujeres que creyeron en la minera.

En Río Chiquito, la sedimentación del embalse Arenal da cuenta de las miles de toneladas de tierra que fueron lanzadas en las márgenes del río antes de caer en el lago usado para producir la electricidad de un país.

Y en San Carlos, al igual que en el resto del país donde se han dado luchas contra las mineras, el rencor, rencillas y desprecio entre hermanos suplantó al amor, solidaridad y compañerismo de antes; en momentos en los que la minera recurre a un tercer tribunal en busca del respaldo a los compromisos adquiridos por gobernantes inescrupulosos.

Ni qué decir de los impactos sociales en Abangares, donde aunque tenemos el doble de la tasa de síndrome de Down del país y pese a que algunos funcionarios sanitarios le vinculan con la minería, pocos estudios formales se han realizado para correlacionar la misma en forma científica; pocos se preguntan por qué de los aumentos de abortos en comunidades abangareñas como Matapalo y Limonal separadas por la planta de proceso y lagunas mineras dejadas en abandono y nadie da cuenta de los niveles del mercurio en la sangre de los lugareños.

Como en cualquier lugar del mundo, las empresas mineras huyen de Costa Rica cuando les conviene o se cambian de nombre y continúan como si nada a lo interno del país. Aquí hasta se llevan los ahorros de las asociaciones solidaristas como ocurrió con la Ariel Resources en Abangares; dejando también cuentas sin pagar por servicios eléctricos y seguros médicos de los trabajadores. Aunque aquí no tenemos rótulos que hablen de las estadísticas que indiquen registros de las empresas mineras en las entradas de las minas, si tenemos cruces en los cementerios que señalan a los mineros que han sucumbido en las minas.

Aquí en Costa Rica no tenemos la valentía de tomar el toro por los cuernos y llamar pan al pan y vino al vino por temor a caer mal o conseguir menos de lo esperado. Quizá por eso, se produjeron las reformas al Código Minero que resultan en autoengaño porque, entre otras cosas, no se pusieron restricciones al procesamiento minero de las transnacionales que terminarán procesando el oro que extraerán los mineros sin compromisos laborales ni médicos para las empresas que serán las que establezcan la ley de la broza que comprarán a los mineros alineados en cooperativas.

Aquí al igual que en cualquier lugar del mundo, el trabajador minero no tiene derecho a rebelarse porque no tiene otra fuente de trabajo. Los lugareños abandonan sus casas cuando la naciente secó y el agua no llegó más al hogar. No hay regulaciones y la minera invade el perímetro urbano, carcomiendo los techos de las casas.

Aquí al igual que en Chile y otros países las mineras abandonan las minas. Se cambian de nombre, cierran las oficinas y se atrincheran en el plantel minero en permanente amenaza.

En Abangares tenemos algunas mujeres viudas que han tenido que recurrir a la minería para seguir sosteniendo a la familia, luego que el esposo falleciera; a esas mujeres hoy se les ilustra como dependientes de la minería para sensibilizar más a la población.

Aquí en Costa Rica, son pocas las viudas e interminables los huérfanos que siguiendo los pasos del padre, del tío o del abuelo, siguen perforando las entrañas aunque paguen con su salud y quizá la vida; mientras, los más aventurados hacen negocio con el oro teñido de sangre de nuestros hermanos, pero a eso le llaman solidaridad, progreso y desarrollo sostenible.

La escolaridad de los mineros ticos es baja; el alcoholismo es la enfermedad y la esperanza no existe. No hay equipos para respirar aire fresco en las entrañas, aún se cree en promesas y se añoran cooperativas que suenan a salvación.

En Costa Rica sucumbió mina Bellavista y en Miramar nadie se murió de hambre por falta de trabajo. El colapso de mina Bellavista evidenció en el siglo XXI la incapacidad de las instituciones en prevenir y atender emergencias mineras, al igual que no fue posible manejar adecuadamente el cierre advertido de Macacona, o el cierre intempestivo de Beta Vargas y Río Chiquito en el último cuarto del siglo XX.

¿Cómo no reconocer la experiencia minera de las autoridades de salud que muestran resultados de análisis de agua de un año atrás al colapso de la mina Bellavista, porque fueron incapaces de monitorear los "lavados" del cianuro que hizo la minera con las geomembranas rotas por las masas de roca en movimiento?

¿Cómo ignorar la experiencia nefasta de la Comisión de Emergencia declinando intervenir la mina Bellavista pocos días antes del colapso, pese al clamor popular?

Sigue siendo nefasta la experiencia minera cuando sucumbió la mina Bellavista y el estudio de impacto ambiental que la respaldó sigue vigente, no ha sido cancelado y la empresa trabaja sigilosamente de la mano del gobierno en una "nueva" propuesta minera, ya rechazada por SETENA en el año 1996.

Y ni hablar de la experiencia minera que tenemos en cuanto a trámites y permisos fraudulentos con el que pretendían operar en Crucitas, que han sido evidenciados de mil maneras y finalmente reconocidos por el Tribunal Contencioso Administrativo, por la constante y acuciosa labor de quienes han creído que vale más el agua que el oro y que la paz a la naturaleza no se nutre de discursos y escritos falsos.

Costa Rica ha escrito con sangre su historia minera. Pasado, presente y futuro. Tenemos experiencia minera y ha sido nefasta. La amenaza sigue pero el futuro es promisorio si seguimos el camino trazado por los valientes hombres y mujeres que a pie, de saco y corbata, quemando pestañas y gritando consignas, hemos dicho de muchas formas, no a la minería.

Fuente: noalamina.org.

9 de marzo de 2011

Crucitas y el arbitraje internacional

José María Villalta Florez-Estrada (*)

La verdadera amenaza a la seguridad jurídica de Costa Rica.
Finalmente el Tribunal Contencioso Administrativo dictó sentencia en el juicio presentado por organizaciones ambientalistas contra el proyecto de minería metálica a cielo abierto Las Crucitas, que la trasnacional canadiense Infinito Gold pretendía construir en Cutris de San Carlos (resolución Nº 4399-2010 de las 10:40 horas del 14 de diciembre de 2010) El fallo es contundente. Se anuló el decreto de conveniencia nacional (con-vergüenza nacional mejor dicho) que autorizaba la destrucción de más de 200 hectáreas de bosque (fuentes de agua, flora y fauna en peligro de extinción incluidas). Se anularon la concesión de explotación y todos los permisos de la trasnacional minera Infinito Gold y se anuló la viabilidad ambiental dictada ilegalmente por SETENA. Además, se condenó a la empresa a reparar los daños ambientales causados a la riqueza natural de la Zona Norte y el tribunal ordenó abrir una investigación penal contra los jerarcas que aprobaron este proyecto en clara violación a las leyes del país.   
Sin duda se trata de un triunfo importantísimo del movimiento popular costarricense. Un triunfo del movimiento ecologista que tiene casi 20 años de luchar contra la minería en la zona norte. De las comunidades que han resistido dignamente las amenazas y el chantaje. De miles de personas que marcharon, caminaron, ayunaron y se manifestaron.
Sin embargo, la lucha contra este proyecto minero devastador aún no ha terminado. La trasnacional canadiense ha anunciado su intención de demandar a Costa Rica ante un tribunal arbitral internacional de carácter privado administrado por el centro de arbitrajes del Banco Mundial (CIADI). Este reclamo se basaría en las reglas del Tratado Bilateral de Inversiones (Acuerdo de Inversiones) suscrito entre Costa Rica y Canadá (Ley 7870, 1999), que fue incorporado íntegramente al TLC firmado con ese país dos años después (Ley 8300, 2002).
De seguido analizaremos las principales implicaciones de esta demanda tanto para el caso concreto de la mina Crucitas como para casos futuros. Las amenazas que conllevaría -en caso de concretarse- para la soberanía nacional, la protección del ambiente y la defensa de los derechos de las comunidades locales frente a la imposición de industrias extractivas depredadoras de capital trasnacional.
Los antecedentes. ¿Arbitrajes o chantajes? Mediante el régimen de solución de controversias "Inversionista-Estado" incluido cada vez con más frecuencia en tratados de "libre comercio" (TLC) y tratados bilaterales de inversiones (TBI) se otorga a inversionistas extranjeros el privilegio de cuestionar ante tribunales arbitrales de naturaleza privada decisiones de las autoridades nacionales, cuando consideren que afectan sus inversiones en el país. Sobre esa base, se permite que sean sustraídas de la esfera de competencia de las autoridades nacionales -administrativas y judiciales- discusiones de marcado interés público que atañen directamente a la población en su conjunto, trasladándolas a tribunales privados que no tienen ninguna garantía de transparencia y que incluso, ni siquiera tienen el deber de sesionar en el territorio nacional.
Se trata de una forma de privatización de la justicia, donde asuntos como la definición de políticas ambientales, sociales y de salud pública, las actuaciones soberanas de los Gobiernos Locales en el ejercicio de sus competencias, las decisiones relativas al aprovechamiento de los recursos naturales del país o la prestación de servicios públicos esenciales son sacados del ámbito nacional. De paso, se deja a las comunidades y sectores de la población directamente afectados por tales medidas, totalmente excluidas de los procesos. Lo anterior, puede ocurrir incluso en aquellos casos -como los vinculados con el ambiente- donde nuestra legislación interna le otorga amplios derechos de participación y legitimación a cualquier persona.
De hecho, en el pasado reciente la trasnacional canadiense interesada en construir el proyecto minero Crucitas ya ha utilizado en dos ocasiones este mecanismo de arbitraje contra Costa Rica. En ambas, más que para buscar un laudo favorable, dicho arbitraje fue utilizado como un instrumento de chantaje, para torcerles el brazo a las autoridades costarricenses a fin de que emitieran resoluciones favorables a la trasnacional minera.
La primera solicitud de arbitraje se presentó el 4 de abril de 2003 porque en marzo de ese año la SETENA había rechazado el estudio de impacto ambiental sobre el proyecto minero Crucitas. Este rechazo se produjo porque, según la SETENA, el estudio presentaba una serie de carencias y deficiencias que incumplían con la legislación nacional e imposibilitaban su trámite. En esa oportunidad un alto jerarca de la trasnacional minera manifestó: "(S)i el Gobierno no inicia el diálogo, entonces acudiremos a un arbitraje internacional, que de por sí, le costará mucho dinero a Costa Rica, "sin considerar la inminente indemnización que tendrían que pagar"."1
La empresa sabía desde entonces que estos arbitrajes son sumamente costosos y desiguales y que los países en vías de desarrollo pierden con solo tener que soportar este tipo de reclamos, aunque carezcan por completo de fundamento. Al final la amenaza rindió sus frutos. En octubre de 2003 el Ministerio de Ambiente revocó la resolución de la SETENA que rechazaba la viabilidad ambiental del proyecto minero.
Pero el 3 de junio de 2005 la trasnacional minera volvió a presentar en el CIADI una solicitud de arbitraje contra Costa Rica con base en el TLC con Canadá. En esta ocasión la empresa exigió que el Estado costarricense le pagara 276 millones de dólares más intereses porque, en su opinión, la SETENA había incurrido en un "atraso injustificado" en el trámite del "anexo" al EIA del proyecto minero Crucitas y no se había pronunciado sobre la viabilidad ambiental en los plazos establecidos. En esta ocasión el arbitraje no se consolidó porque la empresa anunció que había entablado "negociaciones" con el Gobierno de Costa Rica y que estaba "razonablemente optimista" sobre su resultado.2
El Gobierno de Costa Rica nunca ha querido informar al pueblo costarricense sobre el contenido de tales "negociaciones" (por demás ilegales por estar en juego el criterio técnico de una autoridad técnica que debería operar con plena autonomía en el ejercicio de sus funciones). Lo que sí es cierto es que, de nuevo, las amenazas dieron resultado. En diciembre de 2005, la SETENA aprobó el "anexo" al estudio de impacto ambiental del proyecto minero y le otorgó una viabilidad ambiental llena de irregularidades. No está de más recordar que estas actuaciones realizadas bajo fuertes presiones fueron recientemente anuladas por el Tribunal Contencioso por graves violaciones a la legislación ambiental del país.
Arbitraje internacional vs. tribunales nacionales. No es de extrañar que la trasnacional minera quiera trasladar el caso de la mina Crucitas a un arbitraje internacional ante el CIADI mediante el régimen de solución de controversias "Inversionista-Estado" del TLC y el Acuerdo de Inversiones con Canadá. Se trata de un sistema diseñado "a la medida" de los intereses de los inversionistas extranjeros, donde se les otorga una gran cantidad de privilegios que no podrían obtener en la jurisdicción de ningún país.
No obstante, para el interés nacional y la defensa de los derechos del pueblo costarricense resulta una vía totalmente perjudicial. Un sistema injusto y desigual donde los pueblos llevan las de perder y en el que, de hecho, las y los habitantes de los países demandados no tienen derechos. Sencillamente no existen, aunque el caso que motiva la demanda afecte asuntos de interés público como la protección del ambiente. Veamos lo que pasaría si el caso de la mina Crucitas es llevado a un arbitraje en el CIADI.
Arbitraje obligatorio. El Acuerdo de Inversiones con Canadá establece un sistema de arbitraje forzoso, según el cual Costa Rica queda obligada a aceptar que se someta a arbitraje internacional cualquier diferencia que planteen los inversionistas canadienses. No importa que se trate de temas sensibles que afectan el interés público, como evidentemente ocurre con la explotación de una mina metálica a cielo abierto que puede ocasionar graves daños al ambiente.
Según el artículo XII.5, por medio del Acuerdo de Inversiones con Canadá, Costa Rica "otorga su consentimiento incondicional para someter una diferencia a arbitraje internacional de acuerdo con lo dispuesto en este Artículo". Es decir, el Estado costarricense queda obligado de forma genérica a someterse al arbitraje y se le impide hacer una valoración del caso concreto para determinar si conviene al interés público acudir a esta vía, como ocurrió, por ejemplo, en el caso de la petrolera Harken.
Estamos convencidos de que esta cláusula es totalmente inconstitucional, especialmente si se aplica a asuntos que se relacionan con potestades de imperio del Estado como el control de los recursos naturales (bienes de dominio público) y que afectan intereses difusos, de la colectividad en su conjunto, como la protección del ambiente. Sin embargo, en casos recientes altamente politizados la Sala Constitucional ha tenido un criterio sumamente dividido. En el voto sobre el TLC con Estados Unidos (2007-9469) no se conformó una mayoría sobre este punto. Tres magistrados consideraron que el arbitraje forzoso no era inconstitucional, dos que sí lo era y dos que no existía un arbitraje forzoso en el caso concreto de ese TLC, a pesar de que los propios negociadores del tratado sí habían reconocido su existencia. Cuando el Acuerdo de Inversiones con Canadá fue consultado a la Sala, este punto no fue analizado.
Juez y parte: árbitros parcializados. De llevarse el caso Crucitas a un arbitraje internacional "Inversionista-Estado" con base en el Acuerdo de Inversiones con Canadá los "árbitros" que resolverán la diferencia serán nombrados con base en las reglas del Convenio del CIADI. Este convenio establece que si no hay acuerdo entre las Partes (Estado costarricense y trasnacional minera) sobre la cantidad de árbitros y sus nombres, se designará un tribunal integrado por tres personas: una nombrada por Estado costarricense, otra nombrada por la empresa trasnacional Infinito Gold y la tercera nombrada por el Presidente del CIADI (artículos 37.b y 38) Es decir, el tercer árbitro, quién decidirá la controversia (las votaciones son por mayoría, se ganan 2 a 1), será nombrado por el Presidente del CIADI, que es el Presidente del Banco Mundial. (Actualmente ocupa el cargo Mr. Robert Zoellick, negociador por EEUU del TLC con Centroamérica)
Estos árbitros no tienen que conocer la legislación administrativa o ambiental de Costa Rica (solo uno puede ser costarricense) ni tienen la independencia de los funcionarios del Poder Judicial. De hecho, en el marco de estos arbitrajes no existen regulaciones adecuadas sobre conflictos de intereses. Por el contrario, suelen ser abogados corporativos, expertos en derecho comercial y protección de los intereses de los inversionistas, que un día representan a empresas trasnacionales y al día siguiente pasan a ser "jueces" en este tipo de procesos.
Es decir, de llevarse el caso Crucitas al CIADI, pasaríamos de un proceso judicial contencioso donde el asunto fue conocido por jueces de carrera del Poder Judicial -conocedores de la legislación costarricense y los principios constitucionales sobre la protección del ambiente- a un tribunal integrado por abogados de corporaciones trasnacionales, donde Infinito Gold y el Presidente del Banco Mundial nombrarán a dos de sus tres integrantes.
Sobre la sede del arbitraje. Llevar el caso lo más lejos posible de la gente directamente afectada. Este es otro de los objetivos que buscaría Infinito Gold al trasladar el caso Crucitas a un arbitraje del CIADI.
De acuerdo con los artículos 62 y 63 del Convenio del CIADI y la regla 13.3 de las "Reglas Procesales Aplicables a los Procedimientos de Arbitraje", como norma general, la sede del arbitraje será la sede del CIADI, la cual actualmente se encuentra ubicada en Washington D.C. (Estados Unidos) Lo anterior salvo que las partes acuerden otro lugar y este acuerdo sea avalado por el tribunal y el Secretario General del CIADI. De manera que basta con que la trasnacional minera Infinito Gold se oponga a que el arbitraje se realice en territorio de Costa Rica, para que existan altísimas probabilidades de que el caso sea trasladado a Estados Unidos, o bien a donde decidan los jerarcas del Banco Mundial.
Así las cosas, la asistencia del público a las audiencias en un arbitraje sobre Crucitas solo sería posible para aquellas personas que puedan pagar los costos del traslado en avión hasta las lejanas sedes de los tribunales, así como los gastos de hospedaje, alimentación, etc. y que hablen inglés o tengan los medios para pagar un servicio de traducción.
Es decir, las personas y organizaciones sociales que presentaron las demandas ante el Tribunal Contencioso por la destrucción ambiental de la mina Crucitas, así como las y los habitantes de las comunidades de la Zona Norte que resultarían directamente afectadas por la explotación minera y el resto de las y los habitantes del país que tenemos un derecho constitucional a participar en asuntos donde se afecte el ambiente y que sufriríamos las consecuencias negativas si los abogados corporativos del Banco Mundial deciden condenar a Costa Rica a pagar indemnizaciones millonarias, quedaríamos prácticamente excluidos de este proceso.
Esto último fue precisamente lo que ocurrió en el caso del TLC de América del Norte (TLCAN) Metalclad contra México. El tribunal fijó la sede del arbitraje en Vancouver Canadá, es decir, a miles de kilómetros de distancia del municipio mexicano de Guadalcázar, San Luis de Potosí, donde se desató la controversia. La consecuencia inmediata de dicha medida fue la exclusión automática del proceso de la gran mayoría de la población del citado municipio. La mayor parte de los habitantes de Guadalcázar, los que a fin de cuentas resultarían lesionados por la eventual contaminación de las aguas y de los suelos que el vertedero de desechos tóxicos podría producir, difícilmente habrían contado con los medios necesarios para trasladarse hasta la sede fijada por el tribunal a fin de hacer valer su derecho de asistir a las audiencias, aun cuando les hubiera sido concedido este derecho.
Sin derecho de participación. En el proceso contencioso administrativo donde se determinó la ilegalidad de la concesión minera del proyecto Crucitas la población costarricense tuvo amplias posibilidades de participación, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Constitución Política que garantiza el derecho de toda a persona participar en procesos donde se discutan afectaciones al ambiente.
En caso de realizarse un arbitraje ante el CIADI, esta situación cambiaría radicalmente. En estos procesos las partes son los Estados demandados y los inversionistas demandantes. La gente afectada por la mina no tiene opción alguna de ser tenida como parte o al menos como coadyuvente en el proceso, como sí establece nuestro Código Procesal Contencioso Administrativo. Las personas que sufrirían las consecuencias de la explotación minera no tendrían derechos a ser oídas en el arbitraje, exponer pruebas, realizar preguntas o al menos recurrir las resoluciones del tribunal. Sencillamente en estos arbitrajes corporativos, la gente afectada en asuntos de interés público está pintada en la pared.
Ni siquiera tendrían oportunidad de participar las organizaciones ecologistas que presentaron las demandas contra Industrias Infinito ante el Tribunal Contencioso y que son parte directamente interesada en cualquier cosa que se resuelva en relación la sentencia de dicho tribunal. No podrían hacerlo porque las reglas de estos juicios privatizados al servicio de las trasnacionales no lo permiten.
En algunos procesos ante el CIADI se ha admitido la presentación de comunicaciones "amicus curiae" ("amigo de la corte") por terceros que no son parte en el proceso. Sin embargo el alcance que les ha dado a estos escritos es totalmente limitado. Los tribunales arbitrales han dicho que ni siquiera están obligados a referirse a ellos al momento de emitir un laudo. De hecho, la admisión o no de una comunicación de este tipo es una facultad enteramente discrecional del panel arbitral. Nada obliga a estos tribunales privados a considerar o al menos admitir tales comunicaciones. Sin importar la naturaleza de la controversia, cuentan con total libertad para rechazarlas de plano sin que los afectados tengan posibilidad alguna de recurrir.
El pueblo de Costa Rica en total indefensión. Se ha cuestionado la actuación de la Procuraduría General de la República en el juicio Crucitas, donde, en vez de defender el interés nacional, realizó una labor parcializada a favor de los intereses de la empresa minera. En caso de un arbitraje en el CIADI, será mucho peor. La representación de los intereses de Costa Rica sería ejercida por el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX).
Es decir, la defensa de los intereses del pueblo costarricense que se ha opuesto a los daños ambientales de la minería metálica a cielo abierto quedaría en manos de funcionarios que se han dedicado en los últimos años a negociar tratados comerciales abusivos para el Estado costarricense. En manos de funcionarios que se han dedicado a defender y promover los intereses de inversionistas extranjeros, aún en perjuicio del interés público. Quedaríamos totalmente indefensos.
Sobre el derecho aplicable. Los privilegios para los inversionistas por encima de la legislación ambiental del país. Si el caso Crucitas es llevado a un arbitraje ante el CIADI, no será con base en las normas y principios de la legislación ambiental de Costa Rica. Será para discutir si con la resolución de este caso en el derecho interno nacional el Estado costarricense ha violado los derechos y beneficios que el Acuerdo de Inversiones con Canadá le otorga a los inversionistas extranjeros.
El artículo XII.1 del Acuerdo de Inversiones dice que el arbitraje será para discutir si una "medida" adoptada por Costa Rica "contraviene este Acuerdo" y si como consecuencia de tal violación se le han ocasionado "daños o pérdidas" al inversionista extranjero.
Esto significa que toda la discusión del arbitraje, para efectos de determinar la imposición de millonarias indemnizaciones, versaría sobre si Costa Rica ha violado o no las ambiguas cláusulas del Acuerdo de Inversiones. Cláusulas confusas como "expropiación indirecta o medidas equivalentes a una expropiación" (artículo VIII) "trato justo y equitativo y total protección y seguridad" (artículo II), "trato a la inversión establecida" (artículo III), entre otras, que usualmente son interpretadas por los jueces corporativos del Banco Mundial en el sentido de otorgar privilegios y beneficios exagerados a los inversionistas extranjeros que no tienen el resto de ciudadanos costarricenses.
Lo más delicado de esta situación es que, según el artículo XII inciso 7 del Acuerdo de Inversiones, los tribunales arbitrales que se creen para tramitar los reclamos de los inversionistas extranjeros: "decidirán las cuestiones objeto de la diferencia de acuerdo con lo estipulado en este Acuerdo, a las reglas aplicables del derecho internacional y a la legislación nacional del Estado receptor en la medida en que la legislación nacional no sea inconsistente con las disposiciones de este Acuerdo ni con los principios del derecho internacional."
Es decir, el tribunal arbitral deberá resolver la diferencia aplicando en primer lugar las normas del Acuerdo de Inversiones y el derecho internacional "aplicable" (¿?) También tomará en cuanta lo que dice la legislación costarricense, para determinar, por ejemplo, si esta se ha cumplido. Pero, si surge una contradicción o una discrepancia entre las normas y principios del ordenamiento jurídico costarricense y normas del Acuerdo de Inversiones y el TLC con Canadá sobre los derechos de los inversionistas extranjeros prevalecerán estas últimas. Dicho de otra forma, los jueces privados del Banco Mundial solo podrán tomar en cuenta la legislación costarricense en tanto esta sea compatible con las normas del TLC y el Acuerdo de Inversiones.
Por supuesto que aquí lleva todas las de perder la legislación ambiental costarricense. No importaría que el Tribunal Contencioso haya aplicado correctamente el Principio Preventivo y Precautorio de la legislación ambiental de Costa Rica. Si el tribunal arbitral determina que este principio no es compatible con la obligación de dar un "trato justo y equitativo y protección total" a la trasnacional minera canadiense, entonces podrá desconocer dicho principio y hacer prevalecer las normas del Acuerdo de Inversiones. Tampoco interesaría que de acuerdo con la legislación costarricense la anulación de una concesión minera obtenida ilegalmente nunca pueda constituir una expropiación, si para el tribunal arbitral esa legislación resulta incompatible con la cláusula de "expropiación indirecta".
Así las cosas, la legislación ambiental de nuestro país, en la que se basó el Tribunal Contencioso para resolver el caso Crucitas, puede ser desconocida por el tribunal arbitral del CIADI, haciendo imperar en su lugar las normas del TLC que protegen los intereses de la trasnacional minera.
En conclusión. Algunos defensores de las industrias "sucias" han dicho que la sentencia de Crucitas afecta la "seguridad jurídica" del país. Por eso -dicen- serían necesarios los arbitrajes internacionales. Pero la verdad es que no hay peor amenaza a nuestra seguridad jurídica y ambiental que estos arbitrajes donde el pueblo de Costa Rica tendría mucho que perder y nada que ganar. Debemos oponernos a que esta amenaza se concrete con la misma firmeza y vehemencia con que luchamos contra el proyecto minero depredador.

(*) Diputado Partido Frente Amplio
1 Industrias Infinito S.A. "Gobierno agota plazo para evitar un costoso arbitraje internacional", Comunicado de Prensa, No. CP-020-2003 de 4 de junio de 2003.

2 Carta remitida por abogado de Vannessa Ventures al CIADI el 5 de octubre de 2005. Traducción libre.

Fuente: elpais.cr.