26 de octubre de 2011

Sala Primera admitió recursos de casación sobre sentencia Crucitas

Recurso del Estado fue aceptado en su totalidad

San José, 25 oct (elpais.cr) -La Sala Primera se pronunció esta tarde sobre la admisibilidad de los recursos de casación que se presentaron las diversas partes por el caso Crucitas. El recurso de casación planteado por el Estado, fue admitido en su totalidad.
En el caso de las 11 infracciones que acusó la empresa Industrias Infinito, solo nueve fueron admitidas. De los siete cargos que planteó el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), solo cinco fueron aceptados para estudio.

De ASOCRUCITAS se admitieron dos de los tres supuestos vicios planteados.

Según explicó la Presidenta de la Sala Primera, Anabelle León Feoli, "a medio día y después de una ardua discusión en diferentes sesiones de votación, logró pronunciarse sobre los nueve recursos de casación que se presentaron en el caso conocido como crucitas".

Explicó que "de acuerdo con el procedimiento que establece el Código Procesal Contencioso Administrativo, en cuya vigencia emitió la Sala esta sentencia, se les está dando 15 días a todas las partes sobre los recursos planteados, evidentemente en función de los actores porque básicamente son las partes demandadas quienes formularon los recursos".

León Feoli explicó que esos 15 días hábiles (tres semanas) se computarán a partir del día en que quede notificada la última de las partes.

"Vencido este plazo la Sala Primera contará con 10 días para proceder al dictado de la sentencia. Esto hace suponer entonces que, salvo que en esa audiencia de votación se presenten algunos factores que vengan a hacer que el plazo de prorrogue, se podría presumir que para la primera quincena de diciembre, el asunto de Crucitas estaría resuelto", afirmó la Presidenta de la Sala Primera en un comunicado de prensa
El Alto Tribunal de Casación Contencioso Administrativo rechazó por el fondo los reclamos procesales que presentaron seis personas de apellidos Espinoza Valverde, Murillo Marchena, Castro Muñoz, Cavallini Chinchilla, Arredondo Li y Rudín Arias, por considerar que no tenían legitimación suficiente para recurrir. Fondo, así como los restantes recursos presentados por falta de legitimación

Por último, los recursos que presentó el Instituto Latinoamericano de Derechos Humanos y Paz Social, también se rechazaron por falta de legitimación.

El siguiente es el POR TANTO:

Se admite el recurso planteado por el Estado en su totalidad. Parcialmente se admiten los de Industrias Infinito S.A., el Sistema Nacional de Áreas de Conservación y la Asociación Solidarista de Empleados de Industrias Infinito. Del de Industrias Infinito S.A., se rechazan los cargos sustantivos primero y cuarto. De la impugnación del SINAC, se rechazan los motivos "5. Recurso de casación por violación de normas sustantivas, por haberse tenido por demostrados hechos en contradicción con la prueba que consta en el proceso, Artículo 138 inciso b) del CPCA" y "6. Reproches respecto de las condenatorias de reparación del daño ecológico y ambiental". De la última, se rechaza el agravio titulado "SEGUNDO MOTIVO: Beneficios al País a las comunidades aledañas y a los trabajadores. / Principio de Seguridad Jurídica". Se admiten y se deniegan de plano por el fondo los cargos "Casación por violación a normas procesales [...] Dos" del Instituto Latinoamericano de los Derechos Humanos y Paz Social S.A. y todos los agravios procesales planteados en los recursos de Sonia Espinoza Valverde y Eduardo Murillo Marchena, Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla, Sandra Arredondo Li y Arnoldo Rudín Arias, los demás reproches se rechazan de plano. Esta admisión se pone en conocimiento de las partes y los coadyuvantes, por el plazo de 15 días. Se declara que el dictado de la sentencia posee una excepcional complejidad por lo que se realizará dentro de los 10 días hábiles contados a partir del vencimiento del traslado que aquí se otorga a todos los sujetos procesales e intervinientes. 





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