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6 de enero de 2012

Recurso de Amparo contra SETENA

Julio R. Müller Moos
Tajo Alto de Miramar, Puntarenas
Calle Pavones,del cruce 800 m al sur
ced. 127-60006-5616

Al Tribunal Constitucional, Sala IV

Asunto:
Recurso de Amparo contra Ing. Uriel Juárez Baltodano, Secretario General de la SETENA, contra la Licenciada Sandra Ulate Matamoros y contra V.B.Msc Sandra Miranda Loría, Departamento Legal de la SETENA.

Estimados señores Magistrados del Tribunal Constitucional,

Soy residente permanente en Costa Rica desde hace 28 años. vivo a la par de la concesión minera Bellavista en Miramar. 

Fondo del asunto, pero no objeto de esta solicitud de amparo, es la reactivación de la mina Bellavista, colapsada en 2007.
A pesar de las indicaciónes de la Moratoria y del Código Minero y a pesar de las declaraciones del jerarca de la SETENA, Ing. Uriel Juárez, esta institución está tramitando un nuevo D-1 (solicitud de otorgar la Viabilidad Ambiental) a la minera Metales Procesados S.A. Este proyecto incluye el cambio y el traslado de gran parte del proceso minero al sitio Agua Buena, fuera del área adjudicado al proyecto. Debido a que se tramita este D-1 a espaldas de la comunidad, hasta ahora soy el único quien se enfrenta a este proyecto (de gran riesgo ambiental) con gestiones ante SETENA.

Hechos:

El 26 de mayo 2011 presenté una denuncia ante el secretario general de SETENA sobre el expediente 45-99 SETENA, Mina Bellavista. (Vea doc. 2)

El 21 de junio la Comisión Plenaria resolvió en el “Por Tanto segundo“ , informarme que tengo derecho de solicitar ser tomado como parte mediante la figura del apersonamiento en el expediente y que debo presentar la solicitud pertinente. (Vea doc. 3)

El 9 de agosto 2011 presenté esta solicitud personalmente en la recepción de la SETENA, donde soy conocido. (Vea doc.4)

El 3 de octubre 2011 (8 semanas después) la SETENA me notificó via fax que debería presentar la solicitud con la firma debidamente autenticada por un abogado. (Vea doc. 5)
Este requisito no se pide a otros interesados, ni nacionales ni residentes. Al preguntar, el mismo Departamento Legal de la SETENA le informa a la funcionaria en la recepción, que no se necesite la autenticación de un abogado. (Vea doc. 5)
De tal manera me veo discriminado y obstaculizado en mi gestión.
Reclamé el rechazo de mi solicitud ante el secretario general, Ing. Uriel Juárez Baltodano, el 23 de noviembre 2011, aduciendo entre otros argumentos, que no me señalaron, en base de que reglamento o ley me exijen el requisito. Solo citan el art. 264 LGAD (sic), obviamente para avisarme, que si no traigo la autenticación entre 10 días hábiles, no podría solicitar el apersonamiento otra vez, conclusión que me parece absurda. Hasta ahora no recibí respuesta a este reclamo. (Vea doc. 6)
A la vez presenté la solicitud de apersonamiento de nuevo, ahora autenticada por el abogado Lic.Roberto Aguilar Rodríguez. Lo hice debido a que la tramitación del D-1 progresa con agilidad y me urge intervenir a tiempo.
Hasta ahora no me apersonaron ni recibí respuesta, hecho que afirma la suposición, que en base del art. 264 LGAP intentan negarme el apersonamiento plenamente. (doc.7)

El mismo día presenté una solicitud al lng. Uriel Juárez , que SETENA por fin cumpla con la Resolución 1437 del 21 de Junio 2011 Por Tanto Tercero, donde dice: “Se ordena al Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental atender en forma inmediata la denuncia (mia) del 26 de mayo del 2011 sobre este expediente. Asimismo remitir el informe de conclusiones y recomendaciones.“ (doc. 8)
Tampoco recibí respuesta.

El 30 de noviembre 2011 presenté una solicitud de Audiencia Privada en la Comisión Plenaria de SETENA, para plantear argumentos técnicos y legales contra el nuevo proyecto y su tramitación. Tampoco recibí respuesta.

Busco el amparo de esta Sala en tres puntos, que coinciden en la situación, que el secretario general, por su posición clave entre la Comisión, el público y los departamentos, puede interrumpir la comunicación entre la Comisión Plenaria, (autoridad, que decide sobre el proyecto en cuestión), y mi persona y viceversa.
Me niega el apersonamiento, pero sin ser apersonado no me notifican sobre las resoluciones de la Comisión. Mientras solo otorgan tres días plazo para oponerse a estas y no puedo hacer tantos viajes para revisar el expendiente (que ademas muchas veces está inaccesible) me veo afectado en el derecho de petición.
Lo mismo cuando no se atiende mi solicitud de audiencia ante la Comisión. Resulta que la Comisión solo escuchó (en varias ocasiones) las justificaciones y declaraciones de la minera, en muchos aspectos erróneas.
Resulta también, que el ejecutivo administrativo simplemente no obedece lo determinado en la resolución 1437-2011 de atender mi denuncia. Según los funcionarios no les llegó la orden de la Comisión.
En sentido inverso a la Comision no le llegó mi advertencia del incumplimiento.

Asi me veo totalmente indefenso en el afán de defender mi ambiente sano mediante gestiones ante la SETENA.

Solicito que la Sala decrete:
  • Que la SETENA me tenga como apersonado en el expediente 45-99 Mina Bellavista,
  • Que el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental cumpla inmediatamente con el Por Tanto Tercero de la Resolución 1437-2011-SETENA
  • Que la Comisión Plenaria de la SETENA conteste mi solicitud de audiencia privada del 30 de noviembre 2011.
    Me refiero a los artículos 27, 30 y 33 de la Constitución Política, a los artículos 6, 22 y 23 de la Ley Orgánica del Ambiente, al artículo 275 de la Ley General de Adminstración Pública y al artículo 105 de la Ley de Biodiversidad.

Adjunto los siguientes documentos:
      1. Copia de mi cédula de residencia
      2. Mi denuncia del 26 de mayo 2011 (Incoherencias en la elección de la empresa auditora del proyecto Mina Bellavista)
      3. Resolución 1437-2011-SETENA, en especial Por Tanto Segundo y Tercero
      4. Solicitud del 9-8-2011 de apersonarme al expediente 45-99 SETENA
      5. Solicitud de cumplir con la Resolución 1437-2011
      6. Rechazo de la SETENA de mi solicitud de apersonarme
      7. Mi reclamo por el rechazo,
      8. Nueva solicitud autenticada del 23-11-011
      9. Solicitud a la Comisión Plenaria de otorgarme una audiencia privada

Me despido con todo respeto que se merecen.

Atentamente
Julio Müller
Miramar, 3 de enero 2012


La Sala IV tramita el Recurso:

0031-0007-195136735-5106-F

Fuente: Miramar al Grano.

20 de diciembre de 2011

Alertan: Sala IV de Costa Rica se puede “volar” sentencia Crucitas

Alertan: Sala IV de Costa Rica se puede “volar” sentencia Crucitas

Carlos Salazar (csalazar@elpais.co.cr) 

San José, 20 dic (elpais.cr) – Dos académicos costarricenses solicitaron a la opinión pública, estar alerta ante una decisión de la Sala Constitucional de anular la jurisprudencia, utilizada por la Sala Primera en el caso de la minera canadiense Infinito Gold.

Una decisión en tal sentido, sostienen, pondrá en conflicto el sistema jurídico costarricense y dará cabida a los intereses de la transnacional para llevar a Costa Rica a un tribunal internacional, aspiración reiterada por funcionarios y abogados de la empresa.

La alerta la hicieron el abogado Walter Antillón Montealegre y el sociólogo José Luís Vega Carballo, miembros de la Red Costarricense para el Constitucionalismo Democrático.

En un pronunciamiento, divulgado en este medio en la sección Opinión, ambos prestigiosos académicos alertan acerca de la grave amenaza que puede significarle a nuestro País una decisión errada de la Sala Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia.

Recuerdan que desde el pasado 11 de noviembre, es pública la noticia del extravío de un borrador de sentencia de la Sala Primera de la Corte, relacionado con el proyecto minero ubicado en Las Crucitas.

La transnacional canadiense Industrias Infinito Gold S.A. tuvo acceso a ese documento de trabajo, en un momento en que la información contenida en el mismo era secreta; y la utilizó para sustentar una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte. El caso es objeto de investigación por el Ministerio Público.

En Crucitas de San Carlos, provincia de Alajuela, a tres kilómetros del río San Juan, la empresa foránea ha pretendido construir una mina de oro a cielo abierto, pero el Tribunal Contencioso Administrativo (TCA), eliminó los permisos ilegales y un decreto de Interés Público y Conveniencia Nacional, emitido por el ex presidente Oscar Arias.

La Sala Primera en sentencia, por unanimidad de los cinco magistrados, decidió mantener el fallo del TCA y sepultó legalmente el proyecto minero Crucitas (Ver aquí Sentencia Completa).

Filtración

Antillón Montealgre y Vega Carballo denuncian que, pese a innumerables opiniones vertidas en distintos medios, exigiendo a la Sala Constitucional un rechazo "ad portas" de aquella acción,  basada en el conocimiento previo de un documento filtrado de manera fraudulenta a un tribunal de la República, “los Magistrados de la Sala Constitucional se han mantenido reservados al día de hoy, y ello es altamente preocupante”.

“Porque si un recurso judicial elaborado con base en  documentos espurios filtrados a un tribunal, como ocurre en este caso, es aceptado, la Sala Constitucional estaría cohonestando el ilícito, y con ello sentando un gravísimo precedente para nuestro sistema judicial”, explican los académicos.

Resaltan que “en todo caso obsérvese que desde el punto de vista jurídico ya no existe el “asunto pendiente” a que se refiere el artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, debido a que la Sala Primera falló el caso el pasado 30 de noviembre del 2011, confirmando la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo de 14 de diciembre del 2010, tornando insubsistente uno de los presupuestos procesales de la acción”.

Pero además, aseguran, “en el plano de la oportunidad, está un grave riesgo, que la Sala Constitucional nos estaría haciendo correr como País, al acoger por la vía de la inconstitucionalidad cualquiera de las pretensiones de la empresa minera; porque con ello franquearía el camino de un eventual arbitraje internacional a instancias de Infinito Gold: en varias ocasiones los representantes de la empresa han planteado esta opción; y, de manera sistemática, en comunicados a sus inversionistas, han insistido en la inminencia de un conflicto entre la jurisprudencia de la Sala Primera y la de la Sala Constitucional de la Corte. Acoger entonces, a estas alturas, algún recurso por parte de la Sala Constitucional significaría permitirle a la empresa minera confirmar esta supuesta tesis ante un tribunal arbitral a nivel internacional”.

“Como ciudadanos comprometidos con la vigencia de nuestro sistema democrático, y atentos a los riesgos que significa un error de apreciación de nuestros magistrados, exhortamos a la comunidad nacional a exigir a la Sala Constitucional que respete nuestro ordenamiento y no se preste a abrir una peligrosa Caja de Pandora de incalculables daños para Costa Rica”, concluyen  Walter Antillón  Montealegre  y José Luis Vega Carballo, en representación de la Red Costarricense  para el Constitucionalismo Democrático.

Cabe recordar que el abogado y apoderado de la empresa, el constitucionalista  Rubén Hernández Valle dijo al Semanario Universidad que la “última palabra no está dicha”.

El abogado minero aseguró que el proceso “no ha terminado”, ya que todavía queda la instancia de la Sala Constitucional con la que esperan que los magistrados acojan una acción interpuesta por el otro abogado de la minera, Juan Carlos Hernández.

Hernández Valle recalcó que “los tribunales contencioso-administrativos no pueden fallar contra la jurisprudencia de la Sala Constitucional, por lo que veremos qué dice esta Sala”.

Sin embargo, los abogados ambientalistas durante el juicio contra la minera fueron enfáticos al reiterar la inviabilidad de esta acción de inconstitucionalidad.

Álvaro Sagot, abogado que representó durante el juicio al biólogo Jorge Lobo, explicó  que para que la acción sea acogida se necesita que exista un juicio previo, donde se discuta algún aspecto en el que se podría considerar la inconstitucionalidad.

“Al haber terminado el caso en Sala Primera, la acción debe ser rechazada; es decir, no tiene sentido, ni sustento”, concluyó Sagot.

Para Bernal Gamboa, abogado de  la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), existiendo una sentencia en firme, la posibilidad de que la Sala Constitucional admita la acción interpuesta por la empresa minera generaría un “pulso terrible” entre las dos salas.

Fuente: elpais.cr.

8 de diciembre de 2011

Empresa minera esperanzada en que Sala IV revierta sentencia contra mina Crucitas

La Fuente de la Hispanidad fue el centro de celebración luego de conocerse el voto de la Sala Primera, que ratificó la sentencia del Tribunal Contencioso en contra de la empresa Industrias Infinito. (Foto: Katya Alvarado)
Mientras que los ambientalistas involucrados en el caso de la mina en Las Crucitas de San Carlos celebran el voto de la Sala Primera, que ratifica la histórica sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, los abogados de la transnacional Industrias Infinito afirman que la “última palabra no está dicha”.
Así lo mencionó a UNIVERSIDAD Rubén Hernández Valle, apoderado especial de la empresa Industrias Infinito, quien al responder consultas hechas por correo electrónico dijo que el proceso “no ha terminado”, ya que todavía queda la instancia de la Sala Constitucional con la que esperan que los magistrados acojan una acción interpuesta por el otro abogado de la minera, Juan Carlos Hernández.
Hernández Valle recalcó que “los tribunales contencioso-administrativos no pueden fallar contra la jurisprudencia de la Sala Constitucional, por lo que veremos qué dice esta Sala”.
Sin embargo, los abogados ambientalistas durante el juicio contra la minera fueron enfáticos al reiterar la inviabilidad de esta acción de inconstitucionalidad.
Álvaro Sagot, abogado que representó durante el juicio al biólogo Jorge Lobo, explicó  que para que la acción sea acogida se necesita que exista un juicio previo, donde se discuta algún aspecto en el que se podría considerar la inconstitucionalidad.
“Al haber terminado el caso en Sala Primera, la acción debe ser rechazada; es decir, no tiene sentido, ni sustento”, concluyó Sagot.
Para Bernal Gamboa, abogado de  la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), existiendo una sentencia en firme, la posibilidad de que la Sala Constitucional admita la acción interpuesta por la empresa minera generaría un “pulso terrible” entre las dos salas.
“La Sala Constitucional aún no se ha pronunciado sobre este caso, por lo que la expectativa del sector ambientalista es que se rechace la acción.
Por su parte, los abogados de la minera depositan todas sus esperanzas en este recurso, que provocaría un nuevo debate sobre la explotación de oro a cielo abierto en la comunidad de Cutris de San Carlos.
Se intentó conocer con más detalle la opinión de representantes de la empresa Industrias Infinito, pero pese a que se envió un correo electrónico a la encargada de prensa, Yokebec Soto, ella no respondió nuestras consultas.
Investigarían a expresidente Arias
Cabe recordar, que poco más de un año fue suficiente para que la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, el pasado 24 de noviembre del 2010, fuera ratificada.
En una votación unánime, los cinco magistrados de la Sala Primera rechazaron todos los recursos de casación presentados tanto por la transnacional como por la Asociación Solidarista de Trabajadores de Crucitas (ASOCRUCITAS), y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).
Con esto se mantienen en firme la sentencia del Contencioso que anuló la concesión otorgada a Industrias Infinito, así como los dos decretos y la resolución firmada durante la pasada administración Arias Sánchez, y que favorecieron a la empresa.
“Esto nos demuestra que no siempre ganan los mismos”, atinó a decir Álvaro Sagot pocas horas después de conocerse el voto de esta Sala de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, la Sala Primera ratificó la solicitud al Ministerio Público para que determine si es procedente o no seguir una causa penal contra algunos de los actores involucrados en este proceso.
Entre estos figuran el expresidente Óscar Arias Sánchez, y su exministro de Ambiente Roberto Dobles Mora.
A estos funcionarios el Tribunal Contencioso Administrativo les atribuye una presunta “orquestación de voluntades” encaminada a lograr que el proyecto minero Crucitas entrara en funcionamiento de la manera que fuera.
El hecho de que la Sala Primera ratifique una setencia que recomienda a la Fiscalía investigar a los funcionarios que estuvieron involucrados en este caso, es catalogado por el abogado Sagot como un “parte aguas” en cuanto a la ética de la administración pública, además de ser un recordatorio al principio de probidad (integridad y rectitud de funcionarios públicos).
“Ahora todos los empleados públicos saben que pueden ser enjuiciados, desde un expresidente hasta quien evalúa criterios técnicos”, señaló Sagot.
El exmandatario Arias a través de su cuenta de Facebook afirmó estar a las órdenes de las autoridades en caso de que sea necesaria su comparecencia con el fin de “esclarecer las investigaciones”. Dijo que los hechos que se le señalan no son de su responsabilidad.
“La firma de un decreto es la culminación de un proceso que abarca innumerables instancias técnicas y legales, de oficinas y departamentos del gobierno, en este caso, tanto del MINAET como de la Casa Presidencial, cuyos funcionarios proporcionaron sus criterios técnicos y jurídicos”, aseguró Arias.
La investigación contra Arias se mantiene abierta en la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción bajo el expediente 08-11-33-PE.
Sobre esta indagación el abogado Bernal Gamboa de APREFLOFAS no ocultó su inquietud sobre la “independencia” de la Fiscalía que investiga la actuación principalmente de Arias.
El pasado miércoles 30 de octubre fueron indagados los primeros 10 imputados del caso Crucitas.
Según el Ministerio Público, se investiga a funcionarios y exfuncionarios de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), para determinar si aprobaron o no varias resoluciones contrarias a la Ley, tendientes a que se otorgara la viabilidad ambiental de la extracción minera a la compañía Industrias Infinito. Esto se da luego de la declaración de varios testigos del caso.

Diputados se irían a vacaciones sin discutir filtración de borrador de sentencia

Los atrasos para definir el presupuesto nacional 2012, así como la discusión del Plan Fiscal son parte de los escollos que han tenido que sortear los diputados en los últimos meses.
Esto impidió que se pudiera discutir en el plenario legislativo la filtración del borrador de sentencia de la Sala Primera, escándalo en el que aparece como implicado un exmagistrado suplente como el presunto responsable de este hecho. Magistrado que fue nombrado por el Poder Legislativo en el 2010.
Algunos de los diputados de oposición señalaron su anuencia a conformar una comisión especial que investigue los hechos; sin embargo, esto podría quedar para el próximo año.
Uno de los más entusiastas es el legislador Manrique Oviedo del Partido Acción Ciudadana (PAC), quien señaló que ante la gravedad de lo denunciado no debe pasar desapercibido, ni tomarse a la ligera.
Oviedo expresó su deseo de investigar lo ocurrido con “seriedad”, y sin el deseo de linchar a una institución; simplemente “evidenciar lo que no está haciéndose bien, para  corregirlo”, puntualizó el legislador del PAC.
Claudio Monge del PAC prometió semanas atrás que durante la discusión del presupuesto nacional del 2012, se aprovecharía para realizar alguna propuesta que investigue lo sucedido en el caso Crucitas. No obstante esto no ocurrió.
Por su parte, el jefe de Fracción de Liberación Nacional, Luis Gerardo Villanueva negó que Moisés Fachler haya sido candidato del PLN.
Para Luis Gerardo Villanueva, el problema pasa por la manera en que se elige a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por lo que más allá de lo que podría hacer una comisión investigadora en la Asamblea Legislativa, propone reformar el proceso de selección de estos jueces.
“Liberación Nacional va a pedir a la Corte que los nombramientos los haga mediante concurso, ya que de la forma en que se ha venido haciendo podría prestarse para compadrazgos”, recalcó Villanueva.
Actualmente, los diputados se niegan a votar la lista de candidatos a magistrados suplentes de la Sala Tercera hasta tanto no se revisen los mecanismos de elección. La Corte Suprema de Justicia accedió a esta solicitud desde octubre pasado.

Fuente: Semanario Universidad.