Tajo Alto de Miramar, Puntarenas
Calle Pavones,del cruce 800 m al sur
ced. 127-60006-5616
Al Tribunal Constitucional, Sala IV
Asunto:
Recurso de Amparo contra Ing. Uriel Juárez Baltodano, Secretario General de la SETENA, contra la Licenciada Sandra Ulate Matamoros y contra V.B.Msc Sandra Miranda Loría, Departamento Legal de la SETENA.
Estimados señores Magistrados del Tribunal Constitucional,
Soy residente permanente en Costa Rica desde hace 28 años. vivo a la par de la concesión minera Bellavista en Miramar.
Fondo del asunto, pero no objeto de esta solicitud de amparo, es la reactivación de la mina Bellavista, colapsada en 2007.
A pesar de las indicaciónes de la Moratoria y del Código Minero y a pesar de las declaraciones del jerarca de la SETENA, Ing. Uriel Juárez, esta institución está tramitando un nuevo D-1 (solicitud de otorgar la Viabilidad Ambiental) a la minera Metales Procesados S.A. Este proyecto incluye el cambio y el traslado de gran parte del proceso minero al sitio Agua Buena, fuera del área adjudicado al proyecto. Debido a que se tramita este D-1 a espaldas de la comunidad, hasta ahora soy el único quien se enfrenta a este proyecto (de gran riesgo ambiental) con gestiones ante SETENA.
Hechos:
El 26 de mayo 2011 presenté una denuncia ante el secretario general de SETENA sobre el expediente 45-99 SETENA, Mina Bellavista. (Vea doc. 2)
El 21 de junio la Comisión Plenaria resolvió en el “Por Tanto segundo“ , informarme que tengo derecho de solicitar ser tomado como parte mediante la figura del apersonamiento en el expediente y que debo presentar la solicitud pertinente. (Vea doc. 3)
El 9 de agosto 2011 presenté esta solicitud personalmente en la recepción de la SETENA, donde soy conocido. (Vea doc.4)
El 3 de octubre 2011 (8 semanas después) la SETENA me notificó via fax que debería presentar la solicitud con la firma debidamente autenticada por un abogado. (Vea doc. 5)
Este requisito no se pide a otros interesados, ni nacionales ni residentes. Al preguntar, el mismo Departamento Legal de la SETENA le informa a la funcionaria en la recepción, que no se necesite la autenticación de un abogado. (Vea doc. 5)
De tal manera me veo discriminado y obstaculizado en mi gestión.
Reclamé el rechazo de mi solicitud ante el secretario general, Ing. Uriel Juárez Baltodano, el 23 de noviembre 2011, aduciendo entre otros argumentos, que no me señalaron, en base de que reglamento o ley me exijen el requisito. Solo citan el art. 264 LGAD (sic), obviamente para avisarme, que si no traigo la autenticación entre 10 días hábiles, no podría solicitar el apersonamiento otra vez, conclusión que me parece absurda. Hasta ahora no recibí respuesta a este reclamo. (Vea doc. 6)
A la vez presenté la solicitud de apersonamiento de nuevo, ahora autenticada por el abogado Lic.Roberto Aguilar Rodríguez. Lo hice debido a que la tramitación del D-1 progresa con agilidad y me urge intervenir a tiempo.
Hasta ahora no me apersonaron ni recibí respuesta, hecho que afirma la suposición, que en base del art. 264 LGAP intentan negarme el apersonamiento plenamente. (doc.7)
El mismo día presenté una solicitud al lng. Uriel Juárez , que SETENA por fin cumpla con la Resolución 1437 del 21 de Junio 2011 Por Tanto Tercero, donde dice: “Se ordena al Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental atender en forma inmediata la denuncia (mia) del 26 de mayo del 2011 sobre este expediente. Asimismo remitir el informe de conclusiones y recomendaciones.“ (doc. 8)
Tampoco recibí respuesta.
El 30 de noviembre 2011 presenté una solicitud de Audiencia Privada en la Comisión Plenaria de SETENA, para plantear argumentos técnicos y legales contra el nuevo proyecto y su tramitación. Tampoco recibí respuesta.
Busco el amparo de esta Sala en tres puntos, que coinciden en la situación, que el secretario general, por su posición clave entre la Comisión, el público y los departamentos, puede interrumpir la comunicación entre la Comisión Plenaria, (autoridad, que decide sobre el proyecto en cuestión), y mi persona y viceversa.
Me niega el apersonamiento, pero sin ser apersonado no me notifican sobre las resoluciones de la Comisión. Mientras solo otorgan tres días plazo para oponerse a estas y no puedo hacer tantos viajes para revisar el expendiente (que ademas muchas veces está inaccesible) me veo afectado en el derecho de petición.
Lo mismo cuando no se atiende mi solicitud de audiencia ante la Comisión. Resulta que la Comisión solo escuchó (en varias ocasiones) las justificaciones y declaraciones de la minera, en muchos aspectos erróneas.
Resulta también, que el ejecutivo administrativo simplemente no obedece lo determinado en la resolución 1437-2011 de atender mi denuncia. Según los funcionarios no les llegó la orden de la Comisión.
En sentido inverso a la Comision no le llegó mi advertencia del incumplimiento.
Asi me veo totalmente indefenso en el afán de defender mi ambiente sano mediante gestiones ante la SETENA.
Solicito que la Sala decrete:
- Que la SETENA me tenga como apersonado en el expediente 45-99 Mina Bellavista,
- Que el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental cumpla inmediatamente con el Por Tanto Tercero de la Resolución 1437-2011-SETENA
- Que la Comisión Plenaria de la SETENA conteste mi solicitud de audiencia privada del 30 de noviembre 2011.
Me refiero a los artículos 27, 30 y 33 de la Constitución Política, a los artículos 6, 22 y 23 de la Ley Orgánica del Ambiente, al artículo 275 de la Ley General de Adminstración Pública y al artículo 105 de la Ley de Biodiversidad.
Adjunto los siguientes documentos:
- Copia de mi cédula de residencia
- Mi denuncia del 26 de mayo 2011 (Incoherencias en la elección de la empresa auditora del proyecto Mina Bellavista)
- Resolución 1437-2011-SETENA, en especial Por Tanto Segundo y Tercero
- Solicitud del 9-8-2011 de apersonarme al expediente 45-99 SETENA
- Solicitud de cumplir con la Resolución 1437-2011
- Rechazo de la SETENA de mi solicitud de apersonarme
- Mi reclamo por el rechazo,
- Nueva solicitud autenticada del 23-11-011
- Solicitud a la Comisión Plenaria de otorgarme una audiencia privada
Me despido con todo respeto que se merecen.
Atentamente
Julio Müller
Miramar, 3 de enero 2012
La Sala IV tramita el Recurso:
Fuente: Miramar al Grano.
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