16 de noviembre de 2011

Magistrado Román Solís: "Esto un atentado a los cimientos de la República"

Caso del robo y filtración de sentencia sobre minera Infinito Gold


San José, 16 nov (Elpais.cr) - El magistrado de la Sala Primera, Román Solís Zelaya, aseguró que lo sucedido con la filtración del borrador de la sentencia del caso Crucitas, representa un "atentado a los cimientos de la República".

Así lo hizo ver durante una entrevista concedida al diario Elpais.cr, donde fue claro al manifestar que "lo que ha sucedido es un atentado a la juricidad del país, es un atentado a los cimientos de la República como tal, es inaudito que en un caso como el que está bajo conocimiento de la Sala Primera, circulen en la calle proyectos de sentencias".

Solís Zelaya apunta que si estos borradores "llegan a las manos de una de las partes ponen en un desequilibrio procesal a una de las otras partes, y pueda ser que se le otorgue un beneficio incorrecto y se pierda entonces la igualdad procesal que la Constitución le garantiza a todos los sujetos dentro de un proceso y eso no puede darse; eso es más grave que cualquier otra cosa y más proviniendo de la investidura que tenía la persona que en principio hizo eso como magistrado".

"No es posible que este tipo de infecciones políticas y sociales se estén dando a este nivel", lamentó el magistrado Solís.
Solís insistió en que "Después de todo esto yo más me afianzo en mi obligación de juez de fallar el asunto  de una manera objetiva y transparente e imparcial, y en ese sentido hice la lectura del caso, participé en la discusión de algunos temas que ya fueron debidamente valorados cuando se dictó la resolución de admisión del recurso de casación y el rechazo de otros recursos de casación y continuaremos con el dictado de la sentencia definitiva".

Solís hizo la salvedad de "que como una de las partes planteó la acción de inconstitucionalidad, eventualmente la Sala Constitucional puede suspender el trámite de este proceso, esperando la resolución de esa acción y lo que se diga en esa acción va a tener en el proceso contencioso administrativo".

Sobre este último punto, Solís Zelaya manifestó que "También debemos entender que el viernes en horas de la tarde se presentó  una acción de inconstitucionalidad, contra una reiterada jurisprudencia de la Sala Primera, que define los aspectos vinculantes que pueda tener las sentencias del Tribunal Constitucional nuestro en relación a la jurisdicción ordinaria. Para decirlo con mayor claridad, ha sido una tesis mantenida por la Sala Primera que la jurisprudencia de la Sala Constitucional es vinculante cuando interpreta el derecho de la Constitución, mientras que para nosotros, Salas de Casación, que somos también interpretes únicos de la legislación infra constitucional, la legislación que está subordinada a la Constitución, nosotros por disposición de nuestro régimen procesal somos los llamados a interpretar la legislación ordinaria, y en esa línea hemos mantenido en fallos anteriores. Este criterio que es el que está siendo llevado, porque en la tesis del recurrente eso contradice el artículo 13 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, si la Sala Constitucional admite para su estudio y resolución esta acción de inconstitucionalidad, por disposición de la Ley el proceso queda suspendido hasta que la Sala resuelva lo que tenga que resolver al respecto".

Por último, Solís explicó que es lo que está sucediendo en el caso Crucitas en estos momentos, indicando que "En principio se presentó una acción de recusación que está siendo valorada por la magistrada integrante de la Sala, magistrada suplente Jueza de lo Contencioso, Silvia Brenes, que es la que queda habilitada para resolver la acción planteada por una de las partes en el proceso Contencioso Administrativo, que se llama Instituto de Derechos Humanos Sociedad Anónima. Esa gestión en su momento será resuelta por la señora magistrada suplente y de conformidad con ello la Sala podría continuar el proceso y el conocimiento del asunto dependiendo de los extremos en que se resuelva dicha gestión".

"Procesalmente cuando se presenta una recusación lo primero que hacen los jueces  que somos recusados es rechazar la recusación, esa gestión ya se hizo y consta así en el expediente, ahora lo que debe resolver la magistrada suplente es determinar si las  causales que está invocando esta empresa Instituto de Derechos Humanos sociedad anónima existen o no para efectos de proceder a la resolución de fondo", finalizó el magistrado Solís Zelaya.


Fuente: elpais.cr

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